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24 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de la mercadería ubicada en Dársena E (Sexto Espigón) Puerto Nuevo Buenos. Aires correspondiente a una (1) Máquina destinada al tratamiento de residuos hospitalarios montada sobre semirremolque, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (SE GSRE), dependiente del Departamento Operacional Aduanero, sito en Azopardo 350 S.S Ala Moreno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Pablo Gaston Cordiglia, Jefe de Departamento, Departamento Operacional Aduanero.

e. 23/04/2020 N° 17653/20 v. 23/04/2020

Fecha de publicación 23/04/2020