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Legislación y Avisos Oficiales
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ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

Resolución 28/2020

RESOL-2020-28-APN-EMCO#MD

Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2020

VISTO el expediente electrónico Nro EX-2020-17442814-APN-DAF#EMCO, las Leyes Nro(s) 19.549, 24.156 y 27.541; lo normado por los Decretos Nros. 1023/2001, 1030/2016, 260/2020, lo prescripto por el Manual de Procedimiento y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales dictados por la Oficina Nacional de Contrataciones, la Disposición ONC Nro 65 – E/2016 “MANUAL DE PROCEDIMIENTO COMPR.AR”, el Dictamen Jurídico pertinente y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante ME-2020-15090855-APN-CSBFFA#MD – 07Mar20 –, la Coordinación de Salud y Bienestar de las Fuerzas Armadas informa del requerimiento realizado por parte del Ministerio de Defensa al Laboratorio Farmacéutico Conjunto para la elaboración de “Repelente de Insectos a base de 20%”, “Repelente de Insectos a base de 7%” y “Alcohol al 70% tipo gel”; con la correspondiente transferencia de crédito presupuestaria al Programa 18 Salud del EMCO; siendo los mencionados productos destinados a afrontar la eventual “Emergencia Sanitaria” producida por la propagación de las infecciones como el DENGUE y el CORONAVIRUS (Covid-19); solicitando la adquisición de los mencionados elementos bajo la modalidad de “Necesidad de Urgencia”.

Que mediante la Solicitud de Contratación Nro 72-18-SCO19, Nro 72-20-SCO19 y Nro 72-21-SCO19 – DIRECCION DE SANIDAD CONJUNTA DEL EMCFFAA – se solicitó la necesidad de la “ADQUISICIÓN DE ÚTILES, DESCARTABLES Y MATERIA PRIMA PARA PRODUCCIÓN MEDICAMENTOS POR EMERGENCIA SANITARIA”.

Que los efectos requeridos se encuentran catalogados de conformidad a lo establecido en la Decisión Administrativa N° 344 del 11 de junio de 1997.

Que, según lo establecido en DECNU-2020-260-APN-PTE (ampliado por DECNU-2020-287-APN-PTE) se decretó la EMERGENCIA SANITARIA, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNIDAL DE LA SALUD (OMS) en relación al coronavirus COVID-19

Que por DI-2020-17-APN-DAF#EMCO, el Director Administrativo Financiero del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas autorizó la convocatoria del presente proceso de selección mediante el procedimiento de Contratación Directa por compulsa Abreviada por Emergencia de acuerdo a lo prescripto del artículo 25, apartado 5 del inciso d) del Decreto Nro 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificaciones y el artículo 19 del anexo I al Decreto 1030/2016 Procedimiento por Emergencia.

Que mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR” se realizo la invitación a cotizar a las firmas: DISTRIBUIDORA PRODUME SRL CUIT 33-64977012-9, DROGUERIA LIBERTAD CUIT 30-60937302-0, ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA CUIT Nro 30-50533477-5.

Que, con fecha 26 de marzo de 2020, se efectuó el acto de apertura mediante la Plataforma COMPR.AR (Orden Nro 0031 del EE), presentándose la firma comercial:

1. ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA CUIT Nro 30-50533477-5.

Que se conformó el Cuadro Comparativo de Ofertas, de acuerdo al artículo 26 del MANUAL DE PROCEDIMIENTO.

Que, al momento de la evaluación de ofertas, se ha verificado si el oferente posee incumplimientos tributarios y/o previsionales, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General AFIP 4164 E/2017, como así también la Inscripción en el SIPRO de acuerdo al Decreto Nro 356/19 y Comunicación General ONC Nro 127/19. Asimismo, se ha verificado la situación del pre-adjudicatario en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales – REPSAL. (IF-2020-18994634-APN-DAF#EMCO).

Que, con fecha 26 de marzo de 2019, se solicitó mediante – ME-2020-18996700-APN-DAF#EMCO – a la DIRECCIÓN DE SANIDAD CONJUNTA realizar un estudio y evaluación técnica de la oferta presentada de la única oferta ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA, CUIT Nro 30505334775.

Que, igualmente, se solicito se analice la razonabilidad de la oferta recibida y de corresponder se rectifique o ratifique el valor estimado en la Solicitud de Contratación a efectos de determinar su conveniencia o inconveniencia de acuerdo a la cuadro adjunto según Orden Nro 37 del EE, atento los renglones superan los valores estimados en su Solicitud Contratación Nro 72-18- SCO20.

Que, mediante ME-2020-19025994-APN-DSC#EMCO se incorporó el Informe Técnico de la oferta presentada, concluyendo que los renglones Nro(s) 1, 11 y 12 “Cumplen” con lo requerido.

Que, conforme ME-2020-19177599-APN-DSC#EMCO se adjuntó el Informe sobre la razonabilidad y la conveniencia de la oferta en relación a los valores estimados en la Solicitud Contratación Nro 72-18- SCO20.

Que se emitió el Informe de Evaluación de Oferta, recomendando Adjudicar los renglones Nro(s) 1, 11 y 12 a la oferta de la firma ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA CUIT Nro 30-50533477-5, por resultar su oferta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido, cumplir con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su precio resultar conveniente para el intereses del organismo.

Qué, según lo estipulado en el artículo 75 del Anexo al Decreto Nro 1030/2016, previo a la emisión de la orden de compra se procederá a verificar la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria.

Que la Asesoría Jurídica de este Estado Mayor Conjunto ha tomado la intervención que le compete según Dictamen Jurídico Nro IF-2020-22507250-APN-AJ#EMCO.

Que el suscripto se halla facultado para el dictado de la presente medida de conformidad con lo dispuesto por el ANEXO al artículo 9° del Decreto Nro 1030/2016.

Por ello,

EL JEFE DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Aprobar todo lo actuado en el procedimiento de selección que bajo la modalidad de Contratación Directa por Emergencia, tramitada bajo el Proceso Nro 72-0006-CDI20, para la “ADQUISICIÓN DE ÚTILES, DESCARTABLES Y MATERIA PRIMA PARA PRODUCCIÓN MEDICAMENTOS POR EMERGENCIA SANITARIA”.

ARTÍCULO 2°.- Declarar Desiertos los renglones Nro(s) 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 , 21, 22 y 23, en razón de no haberse recibido ninguna oferta.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar a la firma comercial ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA (CUIT Nro 30-50533477-5), los renglones Nro(s) 01, 11 y 12, por un total de pesos UN MILLÓN DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 1.017.300,00), IVA incluido, por resultar su oferta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido, cumplir con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su precio resultar el más conveniente para el intereses del organismo.

ARTÍCULO 4°.- Plazo de entrega de los efectos: 15 (QUINCE) Días corridos a partir de Perfeccionamiento del documento Contractual.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1º deberá imputarse a los créditos vigentes 2020 asignados a la jurisdicción 45 – Ministerio de Defensa, Subjurisdicción24 - Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, Inciso 2 - “Bienes de Consumo” conforme al devengamiento de las órdenes de compras.

ARTÍCULO 6°.- El derecho recursivo, en caso de presentar disconformidad con el acto administrativo que se comunica, se ajustará a lo normado en los artículos 15, 73, 75, 77, 84, 85 y cc. del Decreto Nro 1759 (t.o. 2017), en orden al Procedimiento Administrativo previsto por la Ley Nro 19.549.

ARTÍCULO 7°.- Publíquese, comuníquese, difúndase en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional – COMPR.AR – y en el Boletín Oficial de la Nación. Juan Martin Paleo

e. 28/04/2020 N° 17963/20 v. 28/04/2020

Fecha de publicación 28/04/2020