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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 103/2020

RESOL-2020-103-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2020

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, N° 297 del 19 de marzo de 2020, N° 325 del 31 de marzo de 2020, N° 355 del 11 de abril de 2020, y sus Normas complementarias, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 82/20, el Expediente Electrónico N° 26178057/20 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, las necesidades de servicio, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que mediante el Decreto N° 260/20 y sus reglamentaciones, se amplió la emergencia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que con el dictado del Decreto N° 297/20 se dispuso la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la citada emergencia, disponiendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo del corriente año. Asimismo, ese plazo fue prorrogado hasta el 12 de abril del corriente año a través del Decreto N° 325/20.

Que a fin de cumplir con los lineamientos previstos por las disposiciones gubernamentales dictadas en el marco de los Decretos citados en el VISTO de la presente Resolución, y en atención a las necesidades sobre la continuidad del uso y la realización de prácticas con material radiactivo en beneficio de la población, conforme al alcance previsto en la Ley N° 24.804, el Directorio de la ARN emitió la Resolución ARN N° 82, del 18 de marzo de 2020, a través de la cual se establecieron medidas respecto a la suspensión de plazos de tramitaciones, así como la prórroga de la vigencia de las Licencias de Operación, Permisos Individuales, Registros, Autorizaciones Específicas y Certificados de Aprobación de transporte de materiales radiactivos, cuyo vencimiento opere en lo sucesivo hasta el 30 de abril de 2020.

Que con el dictado del Decreto N° 355/20, se fundamentó la necesidad de extender los plazos citados en los Decretos N° 297/20 y 325/20 lo cual amerita que, en dicho sentido, los plazos previstos en la Resolución ARN N° 82/20 sean prorrogados.

Que conforme se estableció en la Resolución ARN N° 82/20, el plazo de la prórroga de la vigencia de las respectivas autorizaciones procederá a partir del vencimiento que se encuentre dispuesto en cada uno de los documentos regulatorios.

Que conforme a la nueva prórroga que el presente Acto Administrativo autoriza, se incluye la extensión automática de la vigencia de las autorizaciones que se encuentren no solo en el documento regulatorio respectivo sino en aquellos vencimientos que hayan operado dentro de los plazos establecidos por la Resolución ARN N° 82/20.

Que las medidas dispuestas conllevan a alertar a los titulares de autorizaciones y permisos regulatorios, a extremar la implementación de la cultura de la seguridad radiológica, física y nuclear en las instalaciones y en el personal a cargo de las prácticas autorizadas.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 22 de abril de 2020 (Acta N° 13),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar una extensión de la prórroga autorizada por el Artículo 1° de la Resolución ARN N° 82/20 por un plazo de SESENTA (60) días corridos para los vencimientos de autorizaciones otorgadas por esta Autoridad Regulatoria Nuclear (licencias de operación, registros, permisos individuales, autorizaciones específicas, certificados de aprobación de transporte de materiales radiactivos) que hayan operado entre el 18 de marzo y el 30 de abril de 2020.

ARTÍCULO 2°.- Prorrogar por un plazo de SESENTA (60) días corridos la vigencia de las autorizaciones que haya otorgado la Autoridad Regulatoria Nuclear (licencias de operación, registros, autorizaciones de práctica no rutinarias, permisos individuales, autorizaciones específicas, certificados de aprobación de transporte de materiales radiactivos) cuyos vencimientos operen desde el 1° de mayo de 2020 y hasta el 30 de junio del 2020.

ARTÍCULO 3°.- Suspender los plazos para el inicio de renovación de todas las autorizaciones que haya otorgado la Autoridad Regulatoria Nuclear (licencias de operación, registros, autorizaciones de práctica no rutinarias, permisos individuales, autorizaciones específicas, certificados de aprobación de transporte de materiales radiactivos) hasta el 30 de junio del 2020, no resultando necesario el reenvío de documentación salvo que la ARN lo solicite expresamente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES. Publíquese en la página web de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Agustin Arbor Gonzalez

e. 28/04/2020 N° 17971/20 v. 28/04/2020

Fecha de publicación 28/04/2020