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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 503/2019

RESOL-2019-503-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2019

VISTO el Expediente Nº 1.750.513/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL , la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 y 53 del Expediente N° 1.750.513/17 obra el acuerdo y acta ratificatoria, respectivamente, celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la empresa LA MERCANTIL ANDINA SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el presente acuerdo se pacta el pago de una gratificación extraordinaria como reconocimiento al esfuerzo realizado por los trabajadores, conforme los términos allí expuestos.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que los delegados de personal han ejercido la representación que les compete en los términos del artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o.2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo y su acta ratificatoria, celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa LA MERCANTIL ANDINA SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 3/4 y 53 del Expediente N° 1.750.513/17, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante a fojas 3/4, conjuntamente con su acta de ratificación de fojas 53, del Expediente N° 1.750.513/17.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación gratuita del acuerdo y acta ratificatoria homologada y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/04/2020 N° 17553/20 v. 28/04/2020

Fecha de publicación 28/04/2020