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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 57/2020

DI-2020-57-APN-SSCRYF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2020

VISTO el expediente N° EX-2017-26758281-APN-DD#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 17.132 y N° 23.873, los Decretos PEN N° 10/ 2003 y N° 587/2004, la Resolución MS N° 1814/2015 y N° 1448-E/2016; y,

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de Recursos Humanos en Salud.

Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un profesional médico debe cumplir para anunciarse como especialista en una especialidad determinada.

Que las especialidades médicas reconocidas fueron armonizadas con las jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución MS N° 1814/2015.

Que entre dichas especialidades médicas se encuentran la especialidad de HEPATOLOGÍA.

Que mediante la Resolución MS N° 576/2013 se ha reconocido a la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH) como entidad científica certificante de la especialidad de HEPATOLOGÍA.

Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece la necesidad de las entidades científicas de adecuarse al procedimiento de reconocimiento aprobado por ANEXO IF-2016-00500122- -APN-DNRSCSS#MS.

Que la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.

Que las modalidades de certificación que ha informado la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH) están en concordancia con lo establecido por la Ley 17132, leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios.

Que la DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO ha analizado que la formación propuesta por la entidad certificante cumple con los estándares de una formación de postgrado, sin perjuicio de realizar propuestas de mejora que son incorporadas por este acto administrativo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA ha tomado la intervención correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS 1448-E/2016.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Renuévase el reconocimiento de la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH) como entidad científica certificante de la especialidad de HEPATOLOGÍA.

Artículo 2°.- El reconocimiento dispuesto por el artículo anterior tendrá una duración de CINCO (5) años a partir de la publicación de la presente y deberá ser renovado con los mismos requerimientos con un mínimo de TREINTA (30) días previo a su vencimiento, acorde lo dispuesto por la Resolución MS N° 1448-E/2016.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH), en función de los cursos que ofrece la entidad:

a. Elaborar un programa detallando como se cumplimenta la carga horaria de la especialidad a lo largo de los años, con las distintas actividades que nutren el perfil del especialista.

b. Estructurar los objetivos y contenidos por año, detallando las prácticas y procedimientos que el especialista debería adquirir en cada módulo.

c. Para los casos donde la formación dada por la entidad implique un proceso de certificación, se deberá ajustar la propuesta formativa a los nuevos estándares establecidos en la Resolución N° 2643/19 del Ministerio de Educación.

d. La incorporación de las mejoras enumeradas previamente será evaluada al momento de renovar nuevamente el reconocimiento de la entidad.

Artículo 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para anunciarse como especialistas en HEPATOLOGÍA a los profesionales médicos que presenten una certificación de la especialidad extendida por la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH) en los términos que su reglamentación interna lo contempla.

Artículo 5°.- Todo cambio en los mecanismos de certificación de la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES DEL HÍGADO (AAEEH) deberá ser previamente autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la revocación del presente reconocimiento.

Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Judit Marisa Díaz Bazán

e. 30/04/2020 N° 18270/20 v. 30/04/2020

Fecha de publicación 30/04/2020