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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 379/2020

RESOL-2020-379-APN-ENACOM#JGM FECHA 04/05/2020 ACTA 59

EX-2018-21737532-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Autorizar a la MUNICIPALIDAD DE VILLA OLIVARI la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el canal 205, frecuencia 88.9 MHz., con una potencia radiada efectiva (P.R.E.) máxima de 100 vatios y altura media de antena máxima de 60 metros, en la ciudad de VILLA OLIVARI, provincia de CORRIENTES. 2.- La autorizada asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 3- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 06/05/2020 N° 18812/20 v. 06/05/2020

Fecha de publicación 06/05/2020