Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

Disposición 32/2020

DI-2020-32-APN-SSPOYSLD#MD

Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2020

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-19036163-APN-DPLC#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y la Emergencia Decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE), modificada por el Decreto 287 del 17 de marzo de 2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), y Decisión Administrativa 409 del 18 de marzo de 2020 (DECAD-2020-409-APN-JGM), reglamentada por Disposición Nº 48 del 19 de marzo de 2020 (DI-2020-48-APN-ONC#JGM), complementadas por Comunicación General ONC Nº 6/2020 del 30 de marzo de 2020 (NO-2020-19592807-APN-ONC#JGM) y lo ordenado por Resolución Nº 88 del 13 de marzo de 2020 (RESOL-2020-88-APN-MD), y

CONSIDERANDO:

Que ante la necesidad imperiosa de contar con la Adquisición de Alcohol en Gel a Granel para fraccionamiento y distribución urgente al Sistema de Salud Militar y la población en el marco de la Emergencia establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12 de marzo de 2020, la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO DE COMPRAS de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, elevó mediante documento IF-2020-19062600-APN-DPLC#MD que obra en orden 3, el requerimiento Nº MD-COVID-19 002, para la “ADQUISICIÓN DE ALCOHOL EN GEL A GRANEL”, a fin que se proceda a gestionar una Contratación Directa “Por Emergencia”, en los términos establecidos en la Decisión Administrativa 409/2020, reglamentada por Disposición Nº 48/2020.

Que la presente adquisición se justifica en un contexto de emergencia sanitaria como el que asola a nuestro país ante un escenario de emergencia donde la salud y la vida de integrantes de las Fuerza Armadas y la población en general están en riesgo, no debiendo soslayarse que el requerimiento que da origen a este proceso fue generado por el Comité de Emergencia creado al efecto en cumplimiento a lo estipulado en la Resolución Ministerial RESOL-2020-88-APN-MD.

Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida y la salud de la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de establecer procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia que habiliten a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales, a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público.

Que se dio cumplimiento a lo determinado en el artículo 3 inciso c) del ANEXO de la Disposición Nº 48/2020, requerimiento a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) con carácter de prioritario, mediante el Sistema de Precios Testigo Web de SIGEN de precios testigo o valores de referencia de los bienes a adquirir, según consta en documento IF-2020-18835387-APN-DGAD#MD, obrante en orden 36 del EE, el cual presenta una vigencia de 60 días desde su emisión.

Que se dio cumplimiento a lo determinado en el artículo 3 incisos b) y d) del ANEXO de la Disposición Nº 48/2020, cursándose las invitaciones a las firmas comerciales: BALPHIN MEDICALS S.A., CAROLS S.A., DISTRIBUIDORA PRODIME S.A.L., GRUPO MAULE S.A., FRADEALCO S.A., GRUPO SIGNA S.R.L., QUIMICA CÓRDOBA S.A., SUMINISTROS WHITE S.A., NUEVA COSMETICA S.R.L. y THAUSEN, según consta en los órdenes 17 al 26 del EE.

Que el día 31 de marzo de 2020 a 1115 horas, se procedió a la apertura de ofertas recibidas mediante correo electrónico, contando con la presencia de personal de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA (UAI) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° inciso f) de la Disposición Nº 48/2020, habiéndose presentado la firma: FRADEALCO S.A. por un importe total de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 6.872.800,00), según consta en Acta de Apertura, obrante en orden 27 del EE.

Que mediante nota NO-2020-22719405-APN-DGAPL#MD de fecha 2 de abril de 2020 y reiterado por nota NO-2020-24592566-APN-DGAD#MD de fecha 7 de abril de 2020, se solicitó la intervención del organismo requirente, a efectos de realizar un Informe Técnico de la oferta presentada.

Que la DIRECCIÓN DE SANIDAD CONJUNTA DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, mediante documento ME-2020-24607069-APN-DSC#EMCO de fecha 7 de abril de 2020, que consta en orden 34 del EE, asesoró que la oferta presentada por el oferente FRADEALCO S.A., cumple las exigencias del LABORATORIO FARMACÉUTICO CONJUNTO para el renglón N° 1.

Que según consta en documento IF-2020-25023739-APN-DGAD#MD, obrante en orden 35 del EE, la UOC 340/01 requirió al oferente efectúe una aclaración de la oferta presentada en cuanto a la constitución de la misma y la opción de pago, cuya respuesta consta en el mencionado documento.

Que de acuerdo a lo establecido en el inciso h) del artículo 3° de la Disposición Nº 48/2020, el Responsable de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES N° 340/01 (“A Cargo”), atendiendo el contexto de Emergencia Sanitaria que se encuentra inmerso el país y el Instrumento Militar de la Nación recomienda por documento ACTA-2020-25068854-APN-DGAD#MD, obrante en orden 37 del EE, adjudicar a la firma FRADEALCO S.A – CUIT 30-60260879-06, el renglón Nº 1 por un importe de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 6.872.800,00), por ser única oferta y ajustarse técnicamente y administrativamente a lo requerido en el Sírvase Cotizar y considerar en el momento del pago el descuento por opción de pago anticipado.

Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación, dando cumplimiento a lo establecido por la Disposición Nº 48/20 ONC en el punto 3) Procedimiento, Acápite i) párrafo segundo – Titulares: CORONEL BIOQUÍMICA DORA DEL TRÁNSITO SANCHEZ (D.N.I. Nº 10.708.780), TENIENTE CORONEL FARMACEUTICO ARIEL NUÑEZ AVENDAÑO (D.N.I. Nº 18.114.291) y CAPITAN DE CORBETA BIOQUIMICO WALTER JAVIER BADARACCO (D.N.I. Nº 21.645.918); Suplentes: MAYOR ENFERMERA SILVANA PERALTA (D.N.I. Nº 23.342.344), TENIENTE DE FRAGATA ENFERMERO ARIEL CLARIA (D.N.I. Nº 26.745.823) y SUBOFICIAL PRINCIPAL ENFERMERO JUAN JOSE ENRIQUEZ (D.N.I. Nº 22.508.663).

Que para el presente procedimiento, el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta se halla facultada para el dictado de la presente medida de conformidad con lo dispuesto en el Anexo al artículo 9º del “RRCAN” y artículo 5° de la Disposición Nº 48/2020.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase todo lo actuado en el procedimiento de selección que bajo la modalidad de Contratación por “Emergencia”, tramitada bajo el número COVID 19 Nº 007/2020, cuyo objeto consiste en la “ADQUISICION DE ALCOHOL EN GEL A GRANEL”, ello de conformidad en las bases y condiciones insertas en él Sírvase Cotizar que rigieron para el llamado.

ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma FRADEALCO S.A – CUIT 30-60260879-06, el renglón Nº 1, por un importe de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 6.872.800,00) con opción de pago anticipado obteniéndose un descuento del CINCO POR CIENTO (5%), siendo el importe total que se aprueba de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SESENTA ($ 6.529.160,00).

ARTÍCULO 3°.- Dése intervención a la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES N° 340/01 de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, a fin de efectuar la notificación correspondiente al adjudicatario, y al Organismo Responsable, a fin que tomen conocimiento de lo actuado, debiendo realizar las afectaciones presupuestarias definitivas.

ARTÍCULO 4°.- La Comisión de Recepción del presente Acto Contractual estará integrada por los miembros titulares y suplentes mencionados en los considerandos precedentes, dando cumplimiento a la Disposición Nº 48/20 ONC, punto 3) Procedimiento, Acápite i) párrafo segundo. Los miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular designado.

ARTÍCULO 5º.- Envíese la presente medida para su difusión en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el presente, según lo establecido en la Disposición ONC Nº 48/2020 y su correspondiente Anexo.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que se aprueba en el artículo 2° de la presente, deberá imputarse a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lucia del Carmen Kersul

e. 07/05/2020 N° 18865/20 v. 07/05/2020

Fecha de publicación 07/05/2020