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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 452/2020

DCTO-2020-452-APN-PTE - Desígnase Representante Especial para la Promoción de la Actividad Empresarial Argentina en el Reino de España.

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-16184932-APN-DGRRHH#MRE y la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional asigna particular importancia e interés a la promoción de la actividad empresarial argentina en el exterior.

Que a esos efectos se propone designar al doctor Federico Gabriel POLAK Representante Especial para la Promoción de la Actividad Empresarial Argentina en el REINO DE ESPAÑA.

Que el artículo 6º de la Ley Nº 20.957 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá asignar categoría diplomática de embajador, al solo efecto del rango protocolar, a personas ajenas al Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación para la realización de cometidos especiales y concretos y mientras duren los mismos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase Representante Especial para la Promoción de la Actividad Empresarial Argentina en el REINO DE ESPAÑA al doctor Federico Gabriel POLAK (D.N.I. N° 4.438.618).

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el doctor Federico Gabriel POLAK tendrá la categoría de Ministro Plenipotenciario de Primera Clase al sólo efecto protocolar durante el desempeño de sus funciones.

ARTÍCULO 3°.- Asígnanse funciones al doctor Federico Gabriel POLAK en la Embajada de la República en el REINO DE ESPAÑA.

ARTÍCULO 4°.- Asígnase al citado funcionario como remuneración mensual por todo concepto la suma equivalente a la que percibe un Ministro Plenipotenciario de Primera Clase en la Embajada de la República en el REINO DE ESPAÑA.

ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente medida se imputarán a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Felipe Carlos Solá

e. 11/05/2020 N° 19301/20 v. 11/05/2020

Fecha de publicación 11/05/2020