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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 145/2020

RESOL-2020-145-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-26925917-APN-DRI#MAD del Registro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Ley General del Ambiente N° 25.675, la ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, la Ley Nº 27.520, el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 262 de fecha 28 de febrero de 2020, y sus respectivas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece el derecho de todo habitante a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano donde las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, atribuyendo, asimismo, a las autoridades el deber de proveer protección del derecho a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.

Que mediante la Ley N° 25.675 se establecieron los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que por la Ley Nº 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global se estableció el objetivo de pautar los presupuestos mínimos para garantizar acciones, instrumentos y estrategias de adaptación y mitigación al cambio climático en todo el territorio nacional, en los términos del artículo 41 de la Constitución Nacional.

Que “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible” es el documento (A/RES/69-315) que se aprobó en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible realizada en Nueva York en septiembre de 2015, donde los Estados Nacionales miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU) aprobaron 17 Objetivos y 169 Metas que deberán ser cumplidos de aquí al 2030.

Que la Argentina, al suscribir la Agenda 2030, se comprometió con su implementación y con el establecimiento de un proceso sistemático de seguimiento y análisis de los progresos hacia el alcance de los Objetivos para el Desarrollo Sostenible.

Que, en atención a ello, resulta evidente la necesidad de integrar, articular, promover y apoyar esfuerzos locales de carácter técnico, político y social tendientes al mejoramiento y conservación del ambiente como estrategia para mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de la Nación Argentina.

Que en el avance del desarrollo de diferentes iniciativas y acuerdos internacionales los diferentes estudios indican que la construcción de políticas públicas ambientales debe generarse en un ámbito amplio y participativo.

Que la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río, formulada por países de América Latina y el Caribe en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro (Brasil) en 2012, en la que se reafirma el compromiso con los derechos de acceso a la información, a la participación y a la justicia en asuntos ambientales, se reconoce la necesidad de alcanzar compromisos para la aplicación cabal de dichos derechos y se manifiesta la voluntad de iniciar un proceso que explore la viabilidad de contar con un instrumento regional y reafirmando el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, que establece lo siguiente: “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda”.

Que por la Decisión Administrativa N° 262/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que la DIRECCIÓN DE CONTENIDOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL dependiente de UNIDAD GABINETE DE ASESORES tiene a su cargo como responsabilidad primaria, dirigir todo lo concerniente a la relación institucional con los medios de comunicación y con la ciudadanía, coordinando las acciones de difusión de las tareas desarrolladas por este Ministerio.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el PROGRAMA “AMBIENTE PARTICIPATIVO” que se aprueba como ANEXO I que forma parte de la presente Resolución, que estará a cargo de la DIRECCIÓN DE CONTENIDOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL.

ARTÍCULO 2° — La SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA arbitrará los medios necesarios a los fines de asignar a la DIRECCIÓN DE CONTENIDOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL los créditos presupuestarios necesarios para afrontar las erogaciones abocadas al programa AMBIENTE PARTICIPATIVO.

ARTÍCULO 3º. — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/05/2020 N° 19351/20 v. 12/05/2020

Fecha de publicación 12/05/2020