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MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 109/2020

RESOL-2020-109-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-14052426-APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92 y modificatorios), los Decretos Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013, N° 945 de fecha 17 noviembre de 2017, N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, la Decisión Administrativa N° 148 de fecha 18 de febrero de 2020, las Resoluciones N° 727 de fecha 29 de julio de 2014 y N° 2691 de fecha 20 de noviembre de 2015 ambas del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, N° 23 de fecha 20 de enero de 2017, N° 334 de fecha 19 de abril de 2018 y N° 253 de fecha 2 de mayo de 2019 todas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013 se aprobó el Modelo de “Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional AR-X1018”, destinado a financiar a través del “Programa de Recuperación de Ferrocarriles Metropolitanos”, operaciones individuales de préstamo dirigidas a cooperar con la REPÚBLICA ARGENTINA en la recuperación de la red de ferrocarriles de pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Que, asimismo, mediante el citado Decreto Nº 2034/2013 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2982/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” suscripto en fecha 13 de diciembre de 2013 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el Proyecto tiene por objeto la renovación y electrificación del servicio ferroviario de pasajeros del Ramal Plaza Constitución - La Plata del Ferrocarril General Roca y, específicamente, contribuir a la reducción de tiempos de viajes y niveles de accidentalidad y la mejora de la confiabilidad y confort del servicio, a efectos de incrementar la participación modal de este ramal ferroviario en el transporte de pasajeros del corredor Buenos Aires - La Plata.

Que por el Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017 se estableció que “Las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada, actualmente desarrolladas por las unidades ejecutoras técnicas o por las áreas técnicas de unidades ejecutoras de programas, serán llevadas a cabo por las Secretarías y Subsecretarías o áreas equivalentes de carácter sustantivo de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas por el artículo 8° inciso a) de la Ley Nº 24.156 con responsabilidad primaria en la materia de que se trate”.

Que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520.

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprobó el nuevo Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 335 de fecha 5 de abril de 2020, entre otras medidas, se sustituyó del Anexo II – Objetivos – aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50/19, el Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DE TRANSPORTE de conformidad al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2020-20507251-APN-DNDO#JGM).

Que, en ese marco, entre las competencias asignadas a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE se encuentran las de “Entender en la formulación, gestión, coordinación, supervisión, control y ejecución técnica de los planes, programas y proyectos para el mejoramiento del transporte con financiamiento externo, comprendiendo su monitoreo y auditorías técnicas… (9)”.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 148 de fecha 18 de febrero de 2020 se modificó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2020 y se efectuaron compensaciones de créditos entre el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y el MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el fin de reflejar en el presupuesto de éste último las acciones de Infraestructura de Obras de Transporte y la Ejecución de Obras de Infraestructura de Transporte Fluvial Marítimo.

Que a los fines de avanzar en la ejecución del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN – LA PLATA” resulta necesario contratar un servicio de auditoría financiera externa bajo el método de Selección Basado en la Calidad y el Costo de los Consultores (SBCC) cuyo respectivo trámite deberá ajustarse a los procedimientos previstos en las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO” (GN-2350-9), edición del mes de marzo de 2011, conforme lo establecido en el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes.

Que en fecha 27 de junio de 2014 el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) comunicó su “No Objeción” al Modelo de Contrato a suscribir con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., el Acta de Negociación y a sus Anexos, correspondientes a la contratación referida.

Que, en este sentido, mediante la Resolución N° 727 de fecha 29 de julio de 2014 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó lo actuado en el procedimiento de contratación correspondiente a los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril Gral. Roca: Ramal Plaza Constitución La Plata, financiada en el marco del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRÍL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN – LA PLATA”, Préstamo BID N° 2982/OC/AR, adjudicándose a la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L. por la suma de PESOS QUINIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 507.950), IVA incluido.

Que en fecha 31 de julio de 2014 se suscribió el Contrato de Servicios de Auditoria Externa con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L. por el monto referido en el considerando anterior, contemplando el Ejercicio 2014 como período a auditar durante la prestación de dicho servicio.

Que el marco de la contratación conformado por las Políticas citadas precedentemente, prevé en la cláusula 3.10 (a) y 3.11 la Selección Directa por sobre el proceso competitivo, en el caso de servicios que constituyen una continuación natural de servicios realizados anteriormente por la firma.

Que, en este sentido, procede la mencionada Selección Directa en los términos de la Cláusula 8.2 del Contrato de Servicios de Auditoría Externa que contempla la renovación del mismo en forma sucesiva y hasta la finalización de la ejecución del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN – LA PLATA”, en la medida de existir acuerdo entre el contratante y el auditor, previa “no objeción” del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que, en función de lo expuesto, por la Resolución N° 2691 de fecha 20 de noviembre de 2015 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó la renovación correspondiente a los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución La Plata”, Préstamo BID N° 2982/OC-AR, con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., a los efectos de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2015, habiéndose suscripto con fecha 2 de diciembre de 2015 el Contrato pertinente.

Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 23 de fecha 20 de enero de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó la renovación del referido servicio de auditoría con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., a los efectos de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016, habiéndose suscripto el correspondiente Contrato en fecha 26 de enero de 2017.

Que, en el mismo sentido, por medio de la Resolución N° 334 de fecha 19 de abril de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó y se adjudicó la renovación del servicio de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución – La Plata” Préstamo BID N° 2982/OC-AR con la firma referida en los considerandos precedentes, con el objeto de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017, rubricándose el Contrato correspondiente el 19 de abril de 2018.

Que, asimismo, por la Resolución N° 253 de fecha 2 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó y se adjudicó la renovación del servicio de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución – La Plata” Préstamo BID N°2982/OC-AR con la mencionada firma consultora con el objeto de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018, rubricándose el Contrato correspondiente el 2 de mayo de 2019.

Que, en función de las consideraciones expuestas, resulta necesario instrumentar la renovación del contrato de auditoría externa suscripto con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., con el objeto de auditar el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, conforme surge de la Providencia N° PV-2019-89492430-APN-SSSYCO#MTR de fecha 1° de octubre de 2019 de la entonces SUBSECRETARÍA DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRAS del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, a estos efectos, la mencionada firma presentó una adecuación del Plan de Trabajo, del Calendario de Actividades y una nueva Propuesta Financiera por un monto de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHO ($ 3.456.308), sin impuestos.

Que al monto de la Propuesta de Precio mencionada, corresponde la aplicación de la alícuota del VEINTIUNO POR CIENTO (21%) correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, ascendiendo de esta manera al monto total a adjudicar a la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.182.132,68).

Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2020-06526023-APN-SAI#MTR de fecha 29 de enero de 2020 remitió al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO el plan de trabajo, calendario de actividades y la propuesta de precio de la firma consultora a fin de obtener la No objeción de dicho Banco con el objeto de procurar la renovación de la contratación por el período fiscal que finaliza el 31 de diciembre de 2019.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), mediante la Nota N° CSC/CAR 512/2020 de fecha 12 de marzo de 2020 vinculada al Sistame GDE con el N° IF-2020-16508125-APN-SAI#MTR, comunicó su “No Objeción” al Plan de Trabajo, el Calendario de Actividades y la Propuesta Financiera remitidos por la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., con el objeto de gestionar la renovación de la contratación por el período financiero que finalizó el 31 de diciembre de 2019.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE tomó intervención mediante el Informe N° IF-2020-27340867-APN-DGSAF#MTR de fecha 22 de abril de 2020 mediante el cual informó que el SAF 327 -Ministerio de Transporte- a la fecha cuenta con créditos disponibles correspondiente a la partida 3.4 -Servicios Técnicos y Profesionales- en el Programa 66 “Infraestructura de Obras de Transporte”, Fuente de Financiamiento 22 -Crédito Externo-., para afrontar el gasto de la presente medida.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE tomó intervención a través de su Providencia N° PV-2020-29971453-APN-SSGA#MTR de fecha 5 de mayo de 2020 mediante la cual ratificó la solicitud de propuesta inicial realizada por la entonces SUBSECRETARÍA DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRAS del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia N° PV-2019-89492430-APN-SSSYCO#MTR de fecha 1° de octubre de 2019, en virtud de que la continuidad del servicio es esencial para servicios posteriores, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3.11 de las citadas Políticas.

Que, en línea con ello, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE en la precitada providencia dejó constancia que en virtud de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, en razón de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) respecto del Coronavirus “COVID-19”, se procedió a prorrogar los estados financieros según lo dispuesto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESAROLLO, a través del Informe “Plazo de Gracia BID” vinculado al Sistema GDE con el N° IF-2020-29226909-APN-SSGA#MTR y del Informe “SIMPLIFICACIÓN DE PROCESOS FIDUCIARIOS” N° IF-2020-29226603-APN-SSGA#MTR.

Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 35 inciso h) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de control del Sector Público Nacional N° 24.156, y los Decretos Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013 y N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de renovación de la contratación de los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución – La Plata” financiada en el marco del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN – LA PLATA”, Préstamo BID N° 2982/OC-AR. para la realización de la auditoría correspondiente al período fiscal 1° de enero 2019 al 31 de diciembre de 2019.

El mencionado procedimiento se llevó a cabo con ajuste a lo establecido en las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO” (GN-2350-9), edición del mes de marzo de 2011.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la contratación correspondiente a los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución – La Plata” a la firma PRICE WATERHOUSE & CO SRL, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.182.132,68), IVA incluido, a los efectos de auditar el período fiscal 1/01/2019 a 31/12/2019, conforme a los términos establecidos en el Contrato, cuyo modelo se aprueba en el Anexo (IF-2020-29971478-APN-SSGA#MTR) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase al SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE a realizar cualquier modificación, adición u orden de cambio de cualquiera de los requisitos o disposiciones del Contrato que por esta medida se aprueba.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a la siguiente partida presupuestaria: Ejercicio 2020, SAF 327, Programa 66 “Infraestructura de Obras de Transporte”, Subprograma 1 “Infraestructura de Transporte”, Proyecto 16 “Mejora Integral del Ferrocarril General Roca – Ramal Constitución - La Plata (BID N° 2982/OC-AR), Partida 3.4 “Servicios Técnicos y Profesionales”, de Fuente de Financiamiento (1.5 “Crédito Interno”) y 2.2 “Crédito Externo”.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mario Andrés Meoni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/05/2020 N° 19290/20 v. 12/05/2020

Fecha de publicación 12/05/2020