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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIVISIÓN SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO

Disposición 27/2020

DI-2020-27-E-AFIP-DVSAIN#SDGOAM

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2020

VISTO el Expediente principal Nº EX-2020-00203702- -AFIP-SECOLO#SDGOAM del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación para la adquisición de alcohol en gel a fin de cumplir con el resguardo de la salud de los agentes perteneciente a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, en el Marco de la Emergencia Sanitaria, COVID-19.

Que mediante DI-2020-18-E-AFIP-DVSAIN#SDGOAM se adjudicó la mencionada contratación omitiendo consignar lo referente a su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina por un error involuntario.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 15 y subsiguientes de la Ley N° 19549, tal omisión o vicio que ostenta el acto administrativo resulta subsanable por no afectar la esencia del mismo.

Que de acuerdo a lo expuesto corresponde reemplazar el ARTÍCULO N° 3 de la mencionada disposición.

Que en uso de las facultades otorgadas por Disposición N° 271/16 (AFIP) y su modificatoria Disposición N° DI-2020-71-E-AFIP-AFIP procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL JEFE (INT.) DE LA DIVISION SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el texto del ARTÍCULO N° 3 de la Disposición DI-2020-18-E-AFIP-DVSAIN#SDGOAM por el siguiente:

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la Sección Contabilidad y Logística (DV SAIN) a fin de continuar con las tramitaciones respectivas. Cumplido, archívese.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Colino

e. 15/05/2020 N° 19795/20 v. 15/05/2020

Fecha de publicación 15/05/2020