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CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES

Disposición 2/2020

DI-2020-2-APN-DGO#CRJYPPF

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-26455420- -APN-DA#CRJYPPF, la pandemia COVID-19 declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.

Que por su Artículo 15 se estableció que durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 409/2020, reglamentada por la Disposición ONC N° 48/2020 y sus modificatorias, se establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.

Que la Dirección de Administración de esta Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, requirió la compra de insumos de limpieza, alcohol en gel y elementos de protección para prever la ampliación de la concurrencia del personal al establecimiento y la posibilidad de atención al público, considerando necesario reforzar los elementos de limpieza y protección, con el objetivo de cuidar a las personas y disminuir la posibilidad de que el virus se propague.

Que la Dirección de Administración remitió el listado de insumos a comprar, informando la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto.

Que la Dirección General de Operaciones otorgó el Visto Bueno y la autorización correspondiente para efectuar la Contratación por emergencia COVID-19 N° 0001/2020 enmarcada en los alcances del Decreto N° 260/20, su modificatorio N° 287/20, la Decisión Administrativa N° 409/20 y la Disposición ONC N° 48/20, con el objeto de lograr la adquisición de los insumos.

Que obra en el IF-2020-26857482-APN-DA#CRJYPPF la nómina de potenciales oferentes en relación a los rubros comerciales a contratar, verificando que los mismos se encuentren incorporados en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional (COMPR.AR), constatando los domicilios electrónicos especiales declarados por los mismos en el mencionado sistema.

Que a través del IF-2020-26895845-APN-DA#CRJYPPF formulado por la Unidad Operativa de Contrataciones se redactaron y establecieron las bases del llamado formuladas en la invitación a cotizar, resguardando todas las pautas establecidas por las Disposiciones ONC N° 48/20 y sus modificatorias, cursándose la misma a treinta (30) posibles oferentes, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (UAPE) y a Mercados Transparentes.

Que el día y hora fijados para la recepción de las ofertas, el Departamento Compras y Suministros (UOC) de esta CAJA, la Dirección de Administración y la Unidad de Auditoria Interna, de conformidad a lo contemplado por el punto 3, inciso f) de la Disposición ONC Nº 48/2020 suscribieron el acta de firma conjunta identificada por el sistema de documentación electrónica (GDE) bajo el Nro. IF-2020-28320032-APN-DA#CRJYPPF certificando que en la bandeja de entrada de los correos oficiales (compras@crjppf.gov.ar y auditoria@crjppf.gov.ar) establecidos para la recepción de las ofertas, obraban seis (6) propuestas identificadas como RAUL JORGE LEON POGGI, DISTRIFLASH S.R.L., DAIKO S.R.L., SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., MBG COMERCIAL S.R.L. Y FERNANDO ALLENDE (PILTOM).

Que se incorporó como IF-2020-28810846-APN-DA#CRJYPPF el informe técnico elaborado por la DIRECCIÓN requirente en el que se observa que todas las ofertas se ajustan técnicamente a los requerimientos del organismo a excepción de la de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para los renglones 9 y 10 ya que no cotizó guantes de nitrilo.

Que la UOC emitió el informe previsto en el punto 3 inciso h) in fine de la Disposición ONC Nº 48/20, teniendo presente las conclusiones que emanan del informe técnico del requirente.

Que la referida UOC efectuando un análisis desde el punto de vista formal, recomendó desestimar totalmente las ofertas de RAUL JORGE LEON POGGI Y DISTRIFLASH S.A. en virtud de no respetar el requisito de formular la oferta en el cuerpo del correo electrónico, exigencia contemplada en el punto 3, inciso e) de la Disposición ONC Nº 48/20 y en la invitación a cotizar, desestimar todas las ofertas recibidas para el renglón N° 1 por cotizar con precio excesivo, la oferta de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para los renglones 9 y 10 por no ajustarse a los requerimientos del Organismo y adjudicar los renglones N° 3, 4, 6, 7 y 8 a SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (CUIT 30-71158542-3) por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($161.855,00), los renglones N° 2 y 5 a MBG COMERCIAL S.R.L. (CUIT 30-70748071-4) por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 64/100 ($46.571,64) y el renglón N° 11 a FERNANDO ALLENDE (CUIT 20-20591830-3) por la suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($50.000,00).

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos del Organismo.

Que esta Dirección General de Operaciones comparte plenamente el temperamento expuesto en los informes suscriptos por las áreas que han tomado intervención, correspondiendo en consecuencia emitir el acto administrativo pertinente.

Que la presente medida se adopta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 260/20 con las modificaciones introducidas por su similar Nº 287/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20, la Disposición ONC Nº 48/20 y el Anexo al artículo 9° del Reglamento aprobado por Decreto Nº 1030/2016.

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES DE LA CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Desestímense totalmente las ofertas de RAUL JORGE LEON POGGI, DISTRIFLASH S.R.L. por no respetar el requisito de formular la oferta en el cuerpo del correo electrónico.

ARTICULO 2º.- Desestímense las ofertas de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. y MBG COMERCIAL S.R.L. para el renglón N° 1 por cotizar con precio excesivo.

ARTICULO 3º.- Desestímese la oferta de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. presentada para los renglones 9 y 10 por no ajustarse técnicamente a los requerimientos del Organismo.

ARTICULO 4º.- Declárase fracasado el llamado para los renglones Nº 1, 9 y 10 por lo expuesto en los considerandos de la presente.

ARTICULO 5º.- Apruébese lo actuado para la CONTRATACION DIRECTA por EMERGENCIA COVID-19 Nº 0001/2020; apruébense las bases del llamado y adjudíquese a SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (CUIT 30-71158542-3) los renglones N° 3, 4, 6, 7 y 8 por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($161.855,00), a MBG COMERCIAL S.R.L. (CUIT 30-70748071-4) los renglones N° 2 y 5 por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 64/100 ($46.571,64) y a FERNANDO ALLENDE (CUIT 20-20591830-3) el renglón N° 11 por la suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($50.000,00).

ARTICULO 6º.- La suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON 64/100 ($258.426,64) deberá ser imputada a las partidas correspondientes al inciso 2 del presupuesto asignado para el presente ejercicio para esta CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL.

ARTICULO 7º.- Pase a la Dirección de Administración (Departamento de Compras y Suministros) para la emisión de las órdenes de compra.

ARTICULO 8º.- Notifíquese, haciéndose saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación y/o recurso de alzada dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, o, iniciar acción judicial pertinente; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 94 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y en el sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y, oportunamente archívese. Ariel Omar Natrone

e. 19/05/2020 N° 20188/20 v. 19/05/2020

Fecha de publicación 19/05/2020