ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 129/2020
RESOL-2020-129-APN-APNAC#MAD
Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2020
VISTO el Expediente EX-2020-18722878-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 22.351 y 27.467, las Decisiones Administrativas Nros. 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y 58 de fecha 31 de enero de 2019 y la Resolución del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N° 410 de fecha 27 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 22.351 se estableció el Régimen de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Naturales.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, habiéndose aprobado su apertura inferior mediante Resolución Nº 410/2016 del Directorio de este Organismo.
Que resulta oportuno y conveniente para esta Administración proceder a la asignación transitoria de funciones del responsable de la Coordinación de Conservación y Uso Público del Parque Nacional Tierra del Fuego, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES, Nivel C, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.
Que la agente de la Planta Permanente del Organismo, Agrupamiento Profesional, Nivel C, Tramo General, Grado 3, Lic. Emilce Andrea GALLO (M.I. N° 26.789.432) cumple con las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para asumir el cargo de Coordinadora de Conservación y Uso Público del Parque Nacional Tierra del Fuego hasta tanto se produzca el llamado a concurso por los mecanismos previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.).
Que por el Decreto N° 4/2020 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del día 1º de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo, el que se encuentra vacante.
Que el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos han tomado las intervenciones que les competen.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 24, inciso f), de la Ley Nº 22.351 y a tenor de lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 355/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dánse por asignadas transitoriamente, a partir del día 1º de febrero de 2020, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Conservación y Uso Público del Parque Nacional Tierra del Fuego, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES, Nivel C, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV, a la agente de la Planta Permanente del Organismo, Lic. Emilce Andrea GALLO (M.I. Nº 26.789.432), del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Grado 3, Tramo General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios, en los términos del Título X del referido Convenio, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Determínase que la presente asignación de funciones se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los Artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4º.- Determínase que, por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se procederá a notificar en legal forma a la interesada. Cumplido y con las debidas constancias, gírense las presentes actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Jorge Somma
e. 21/05/2020 N° 20420/20 v. 21/05/2020
Fecha de publicación 21/05/2020