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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL NORTE

Disposición 66/2020

DI-2020-66-E-AFIP-DIRNOR#SDGOPIM

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-00228925- -AFIP-DADMDIRNOR#SDGOPIM del Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la contratación por la adquisición de 152 (CIENTO CINCUENTA Y DOS) barreras sanitarias para la Dirección Regional Norte y Agencias Nro. 2, 16, 41, 56 y 66.

Que tratándose de la adquisición de bienes requeridos en el marco de la emergencia detallada en el Decreto N° 260/20 la presente se encuadra bajo el Procedimiento de Contratación de Emergencia Sanitaria regulado por la IG-2020-1-E-AFIP-SDGADF.

Que por intermedio de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas se comunicaron las especificaciones técnicas elaboradas por la Dirección de Infraestructura y Logística que deben tener las barreras sanitarias a adquirir.

Que en orden 9, obra Formulario 1206 debidamente suscripto en forma digital para proceder con la contratación cuyo objeto se refieren los presentes.

Que en el orden 11 mediante Formulario 1236 la Dirección Regional Norte autoriza la realización de la contratación mediante el procedimiento Emergencia Sanitaria regulado por la IG-2020-1-E-AFIPSDGADF y aprueba el Pliego de Bases y Condiciones.

Que en el orden 21 obra informe de la División Administrativa (DI RNOR) con el análisis de las ofertas presentadas, cotizando BABERIS GUILLERMO ARMANDO (CUIT 23161309419), CGB (CUIT 30715989936), GIACHETTI LEANDRO J. Y GIACHETTI JUAN P. - SOC. DE HECHO (CUIT 30709921645), VISIONE PUBLICIDAD (CUIT 30716146940), STAMPRIMA S.A. (CUIT 30712245553), CONSTRUCTORA IMPACTO S.A. (CUIT 30716111519) cumpliendo el requisito de TRES (3) presupuestos mínimos necesarios.

Que mediante Disposiciones Nro. DI-2020-61-E-AFIP-DIRNOR#SDGOPIM y Nro. DI-2020-62-E-AFIPDIRNOR# SDGOPIM se adjudica la contratación a la firma STAMPRIMA S.A. (CUIT 30712245553) por haber resultado la oferta más conveniente.

Que mediante correo electrónico del 16 de mayo de 2020, la firma STAMPRIMA S.A. (CUIT 30712245553) manifiesta expresamente desistir de su propuesta por lo que se procede a dejar sin efecto la adjudicación.

Que en razón a oportunidad, mérito y conveniencia, y de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, se estima pertinente adjudicar a la oferta que le sigue en orden de mérito.

Que corresponde desestimar la oferta presentada por la firma GIACHETTI LEANDRO J. Y GIACHETTI JUAN P. - SOC. DE HECHO (CUIT 30709921645) por registrar saldos pendientes de pago de acuerdo a la consulta de deuda de proveedores del Estado.

Que la oferta presentada por la firma CGB (CUIT 30715989936) representa la que continúa en orden de mérito contemplando su propuesta económica, estado de deuda y sanciones y penalidades registradas.

Que el gasto a realizar asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO DOCE ($ 662.112,00) con un precio unitario de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (4.356,00) habiéndose registrado las reservas presupuestarias correspondientes.

Que a la fecha no surgen precios máximos establecidos para los insumos a adquirir de acuerdo a la reglamentación del Artículo 1° de la Decisión Administrativa N°472/20.

Que en uso de las facultades otorgadas por el Régimen Jurisdiccional vigente, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

El DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL NORTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese la Contratación Nº 1/2020 (DI RNOR), bajo el Procedimiento de Contratación de Emergencia Sanitaria regulado por la IG-2020-1-E-AFIP-SDGADF.

ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese la presente licitación a favor de la firma CGB S.A. (CUIT 30715989936) por un importe total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO DOCE ($ 662.112,00) de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y oferta presentada.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la Sección Gestión de Compras y Financiera (DADM DI RNOR) a fin de continuar con las tramitaciones respectivas. Cumplido, archívese. Gabriel Eduardo Ramirez

e. 21/05/2020 N° 20338/20 v. 21/05/2020

Fecha de publicación 21/05/2020