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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 439/2020

RESOL-2020-439-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2020

VISTO el EX-2019-101556956-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que en fecha 25 de marzo de 2014, la asociación sindical “SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS Y PETROQUIMICAS DE JUNIN”, con domicilio en calle Coronel Suarez 146 de la Ciudad de Junín, Provincia de BUENOS AIRES, solicitó la aprobación de la adecuación del Estatuto Social a la Ley N° 23.551 y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha14 de abril de 1988, conforme lo dispone el artículo 64 de la citada norma legal.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Inscripción Gremial mediante Resolución Nº 273 de fecha 5 de abril de 1988 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado la aprobación de la adecuación del Estatuto Social de la entidad a la legislación vigente y aplicable en la materia.

Que, de conformidad a ello, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL efectuó el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la adecuación estatutaria decidida por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y del citado Decreto, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que se deja constancia que la entidad ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley Nº 23.551, por el artículo 21 de la Ley Nº 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que la entidad peticionaria mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Inscripción Gremial, conforme fue aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO ha prestado conformidad a la aprobación de la adecuación a la legislación vigente y modificación del texto del Estatuto Social presentado por el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS Y PETROQUIMICAS DE JUNIN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.551 y el artículo 7° del Decreto 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la adecuación del texto del Estatuto Social del SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS Y PETROQUIMICAS DE JUNIN, con domicilio en calle Coronel Suarez 146 de la ciudad de Junín de la Provincia de BUENOS AIRES, que como ANEXO (IF-2019-101594277-APN-DNASI#MPYT) forma parte integrante del acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

ARTÍCULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical peticionaria como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N° 23.551, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos territorial y personal que, con carácter de Inscripción Gremial, le fue oportunamente otorgado a la entidad.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de la presente Resolución, la Asociación Sindical mencionada en el artículo 1° deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el Estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese en la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/05/2020 N° 20882/20 v. 26/05/2020

Fecha de publicación 26/05/2020