Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 442/2020

RESOL-2020-442-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-80959796-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que la asociación sindical ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA (APEH), con domicilio en Venezuela N°155, 6° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la aprobación de su estatuto social conforme la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 198 de fecha 22 de marzo de 1965 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias y el citado Decreto, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que teniendo en cuenta que las modificaciones efectuadas alteran sustancialmente la normativa estatutaria, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal corresponde aprobar en forma íntegra el estatuto cuyo control se somete en esta instancia.

Que en cumplimiento con lo ordenado en el párrafo VI del Considerando del decisorio de fecha 18 de agosto de 2016 dictado por la Sala VIII de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en autos caratulados “ALVAREZ, MARIO JORGE c/ MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/ MEDIDA CAUTELAR”, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ha aconsejado aprobar y registrar las modificaciones que en carácter total fueran realizadas al estatuto social de la entidad peticionaria.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, ha prestado conformidad a la aprobación de la modificación del texto del estatuto social presentado por la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA (APEH).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), sus modificatorias, la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551 y su Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el texto del Estatuto Social de la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA (APEH), con domicilio en Venezuela N° 155, 6° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como ANEXO (IF 2019-80630122-APN-DNASI#MPYT) forma parte integrante del acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical peticionaria como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley Nº 23.551.

ARTICULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de la presente, la asociación sindical mencionada en el artículo 1° deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO4°. - Regístrese en la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/05/2020 N° 20889/20 v. 26/05/2020

Fecha de publicación 26/05/2020