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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

Resolución 21/2020

RESOL-2020-21-APN-SCS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-21915903-APN-SSGA#MS, la Ley N° 27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.

Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada Ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/20 el Jefe de Gabinete de Ministros establece los principios generales y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada y, a su vez, establece que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten pertinentes.

Que, en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional mediante la Disposición N° 48/20 aprobó el procedimiento complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa Nº 409/20, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia COVID 19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos.

Que con el objeto de dotar a la red de hospitales públicos de capacidad de respuesta para la asistencia médica de pacientes con diagnóstico de COVID-19 en tiempo oportuno, la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA y la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN solicitaron la adquisición de elementos de protección e insumos médicos por un monto total de PESOS NOVECIENTOS VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 972.237.607,20).

Que, por lo expuesto, se encuadró el procedimiento en una Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020, en los términos del artículo 3 de la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1° de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, toda vez que otro procedimiento de selección no permitiría dar respuesta en tiempo oportuno.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA prestó conformidad al presente trámite.

Que la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES elaboró la Solicitud de Cotización que como Anexo PV-2020-23764640-APN-DGAMS#MSYDS forma parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a lo solicitado por las áreas requirentes.

Que, a tal efecto, con fecha 3 de abril de 2020 se enviaron invitaciones a cotizar a proveedores inscriptos en el rubro, estableciéndose como fecha límite de presentación de las ofertas el 6 de abril de 2020 a las 17 horas.

Que, de la apertura de fecha 6 de abril de 2020 surge la presentación de las cotizaciones de las firmas DISTRIBAP S.R.L., FERAVAL S.A., PROPATO HNOS S.A.I.C., DROGUERÍA DEL SUD S.A., PRO MED INTERNACIONAL S.A., NBD SL (NUA BARCELONA DESIGN S.L), AEROMEDICAL S.A., JOSÉ MARÍA GARBINI (TOALLA DE PAPEL), SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., PORTA HNOS S.A. y GRUPO SALA S.A.

Que no se presentaron ofertas para los renglones 8, 9 y 13.

Que de acuerdo a lo informado por la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION las ofertas de las firmas NBD SL (NUA BARCELONA DESIGN S.L) y AEROMEDICAL S.A. no cumplen con los requisitos formales establecidos en el procedimiento complementario aprobado por la Disposición 48/2020, referido al contenido de las ofertas en el cuerpo del correo electrónico remitido y la oferta de PORTA HNOS S.A. no cumple con las condiciones establecidas en la Solicitud de Cotización.

Que las firmas DISTRIBAP S.R.L. y DROGUERÍA DEL SUD S.A. retiraron sus ofertas.

Que la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA y la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN elaboraron el correspondiente Informe Técnico, en donde determinaron que las ofertas de las firmas FERAVAL S.A. para el renglón 2.4, PROPATO HNOS S.A.I.C. para los renglones 3, 4, 5, y 12.2, 12.3, 12.4; y JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 1 y 6, se ajustan a las Especificaciones Técnicas requeridas en la Invitación a cotizar.

Que, a su vez, informaron que las ofertas de las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C. para los renglones 11.2, 11.3 y 11,4; JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 7, PRO MED INTERNACIONAL S.A., SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. y GRUPO SALA S.A no se ajustan técnicamente a lo requerido, en tanto que las ofertas de las firmas JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 1 y 6 y PROPATO HNOS S.A.I.C. para los renglones 12, no resultan convenientes.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMATICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigos mediante las Ordenes de Trabajo N° 113/20 y 129/20 para los renglones 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 y, asimismo, informó que para los renglones 2, 9, 11 y 12 no se detectaron precios de mercado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMNISTRACION, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, recomienda la adjudicación de las ofertas válidas y convenientes de las firmas FERAVAL S.A. para el renglón 2.4 (parcial) y PROPATO HNOS S.A.I.C. para los renglones 3.1 (parcial), 4.1 (parcial) y 5.1 (parcial).

Que, asimismo, se recomienda desestimar las ofertas de las firmas PORTA HNOS S.A., NBD SL (NUA BARCELONA DESIGN S.L.), AEROMEDICAL S.A., PROPATO HNOS S.A.I.C. para los renglones 11.2, 11.3 y 11,4; JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 7, PRO MED INTERNACIONAL S.A., SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. y GRUPO SALA S.A por no ajustarse técnicamente a lo requerido, y la oferta de la firma JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 1 y 6 y PROPATO HNOS S.A.I.C. para el renglón 12, por no resultar convenientes.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que la DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO ha certificado la existencia de los créditos para continuar con el presente trámite.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el art. 6 de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020, y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020, encuadrada en los términos del artículo 3 de la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1 de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, llevada a cabo para la adquisición de elementos de protección e insumos médicos, así como también la Solicitud de Cotización que como anexo PV-2020-23764640-APN-DGAMS#MSYDS forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2°. - Desestímanse las ofertas de las firmas PORTA HNOS S.A., NBD SL (NUA BARCELONA DESIGN S.L.), AEROMEDICAL S.A., PROPATO HNOS S.A.I.C. para los renglones 11.2, 11.3 y 11,4; JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 7, PRO MED INTERNACIONAL S.A., SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. y GRUPO SALA S.A, y las ofertas de las firmas JOSÉ MARÍA GARBINI para los renglones 1 y 6, PROPATO HNOS S.A.I.C. para el renglón 12, por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTICULO 3° Decláranse desiertos los renglones 8, 9 y 13, y fracasados los renglones 1, 2.1, 2.2, 2.3, 3.2,.3.3, 3.4, 4.2, 4.3, 4.4, 5.2, 5.3, 5.4, 6, 7, 11 y 12.

ARTICULO 4°. - Adjudícase la presente Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

FERAVAL S.A.

Renglón 2.4 por 30.000 unidades: $ 6.300.000.-

PROPATO HNOS S.A.I.C.

Renglón 3.1 por 700.000 unidades, renglón 4.1 por 1.800.000 unidades y el renglón 5.1 por 1.500.000 unidades: $ 9.680.000-

TOTAL DE LA ADJUDICACION_ $ 15.980.000.-

ARTICULO 5°. - La suma de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL ($ 15.980.000.-) deberá ser afectada con cargo a las partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2020.

ARTICULO 6°. - Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a suscribir las pertinentes órdenes de compra.

ARTICULO 7°. - Regístrese y pase a la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a sus efectos. Arnaldo Darío Medina

e. 01/06/2020 N° 21634/20 v. 01/06/2020

Fecha de publicación 01/06/2020