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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 295/2020

RESFC-2020-295-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2020

VISTO, el EX -2020-34415077-APN-DAJ#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el DECNU-2020-297-APN-PTE establece para todas las personas que habitan en forma permanente en el país, o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

Que, en el marco de las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional para reducir el riesgo de contagio e impedir la propagación del coronavirus (COVID 19), resulta necesario el dictado de una resolución a través de la cual se establezcan nuevas pautas para el tratamiento de solicitudes de apoyo financieros en carácter de préstamos y subsidios, mientras duren estas circunstancias excepcionales, asegurando la promoción y desarrollo ininterrumpido de la actividad asociativa que realiza este Instituto en la medida que los medios físicos y tecnológicos lo permitan.

Que, en ese sentido, resulta necesario que desde el Instituto se adopten las medidas necesarias para dar respuesta a las necesidades que plantean los sectores cooperativo y mutual frente a esta emergencia sanitaria, económica y social.

Que existiendo medios tecnológicos suficientes y de acceso habitual que permiten la presentación de documentación por parte de las entidades, resulta pertinente, con aplicación de las nuevas herramientas tecnológicas, establecer los requisitos para el tratamiento de solicitudes de apoyo financieros en carácter de préstamos y subsidios mientras duren estas circunstancias excepcionales, las que tendrán la misma validez que las celebradas con los requisitos establecidos en resoluciones anteriores dictadas por el organismo.

Que por las motivaciones antes señaladas, corresponde disponer la adecuación de requisitos a presentar por parte de las entidades y la evaluación institucional para el tratamiento de solicitudes de apoyo financieros en carácter de préstamos y subsidios, hasta el momento en que sea posible reanudar sin inconvenientes la actividad administrativa.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7º inciso d) de la ley 19.549, el servicio jurídico ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, en atención a los dispuesto por las Leyes Nº 20.337 y Nº 20.321 y los Decretos los Decretos Nros. 420/1996 y 721/2000, Decisión Administrativa Nº 423/19 y sus normas modificatorias y complementarias,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese los requisitos para el tratamiento de solicitudes de apoyo financieros en carácter de préstamos y subsidios, que se describe en el Anexo identificado bajo IF-2020-34451267-APN-DNDYPCYM#INAES que forma parte de la presente, hasta la normalización de la actividad administrativa, lo que será resuelto oportunamente por este organismo, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Mario Alejandro Hilario Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/06/2020 N° 21894/20 v. 02/06/2020

Fecha de publicación 02/06/2020