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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7029/2020

28/05/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: OPASI 2 – 601, REMON 1 – 1017, LISOL 1 -890. Depósitos e inversiones a plazo. Efectivo mínimo. Posición global neta de moneda extranjera. Comunicación “A” 7018. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:

“1. Sustituir el punto 3. de la Comunicación “A” 7018 por lo siguiente:“3. Establecer que la posibilidad de efectuar inversiones a plazo con retribución variable con rendimiento determinado en función del valor de los cereales u oleaginosas previstos en el punto 2.5.5.4. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo” y en función de la variación de la cotización del dólar estadounidense –punto 2.5.5.6. de las citadas normas– estará circunscripta a las personas –humanas o jurídicas– con actividad agrícola y por un importe de hasta 2 veces el valor total de sus ventas de cereales y/u oleaginosas registradas a partir del 1.11.19.

Todas las entidades financieras podrán integrar con LELIQ la totalidad de la exigencia de efectivo mínimo en pesos de esas inversiones a plazo.”

2. Sustituir el último párrafo del punto 2.5.3.2. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo” por lo siguiente:

“No se requerirá cobertura del riesgo de tipo de cambio en las inversiones a plazo con retribución variable en función del dólar estadounidense –punto 2.5.5.6.–, las que por estar consideradas en la posición global neta de moneda extranjera tienen como contrapartida los activos y demás instrumentos y operaciones por intermediación financiera en moneda extranjera o vinculados con la evolución del tipo de cambio, incluyendo facturas de crédito electrónicas.”

3. Dejar sin efecto el punto 1.2.3. de las normas sobre “Posición global neta de moneda extranjera” para los préstamos acordados a partir de la fecha de difusión de la presente comunicación.”

Oportunamente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

e. 02/06/2020 N° 21623/20 v. 02/06/2020

Fecha de publicación 02/06/2020