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Legislación y Avisos Oficiales
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BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

Decreto 507/2020

DCTO-2020-507-APN-PTE - Decreto Nº 38/2013. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-61874591-APN-DDYGD#MECCYT, las Leyes Nº 23.511 y Nº 26.548 y el Decreto Nº 38 de fecha 22 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 23.511 se creó el BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS, con el objetivo de obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación.

Que a través de la Ley Nº 26.548 se estableció la autonomía y autarquía del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS, se readecuó su objeto y se modificó su ámbito funcional, transfiriéndolo a la órbita del entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, actual MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que dada la relevancia y el nivel de complejidad de las competencias asignadas al BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS resulta menester jerarquizar la remuneración del Director General Técnico, del Subdirector Técnico y del Subdirector Administrativo, autoridades superiores del citado organismo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 20 del Anexo I del Decreto Nº 38 de fecha 22 de enero de 2013 por el siguiente:

“ARTÍCULO 20.- El/la Director/a General Técnico/a del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, tendrá rango y jerarquía de Subsecretario”.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese el artículo 21 del Anexo I del Decreto Nº 38 de fecha 22 de enero de 2013 por el siguiente:

“ARTÍCULO 21.- El/la Subdirector/a Técnico/a del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN tendrá rango de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios”.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese el artículo 22 del Anexo I del Decreto Nº 38 de fecha 22 de enero de 2013 por el siguiente:

“ARTÍCULO 22.- El/la Subdirector/a Administrativo/a del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, tendrá rango de Director General y una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios”.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN – SAF 121 – BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Roberto Carlos Salvarezza

e. 03/06/2020 N° 22080/20 v. 03/06/2020

Fecha de publicación 03/06/2020