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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 944/2020

DECAD-2020-944-APN-JGM - Dase por designado Director de Redes Integradas de Servicios de Salud.

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-24570009-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 457 del 4 de abril 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al citado Ministerio.

Que por Decisión Administrativa Nº 457/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que se resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a de Redes Integradas de Servicios de Salud de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 6 de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado Mario David STRASORIER (D.N.I. Nº 16.564.374) en el cargo de Director de Redes Integradas de Servicios de Salud de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 6 de abril de 2020.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García

e. 03/06/2020 N° 21762/20 v. 03/06/2020

Fecha de publicación 03/06/2020