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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL SUR

Disposición 50/2020

DI-2020-50-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-00231211-AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM del Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la contratación por la adquisición de barreras sanitarias para escritorios de atención al público para Sede de Dirección Regional Sur y dependencias.

Que tratándose de la adquisición de bienes requeridos en el marco de la emergencia detallada en el Decreto N° 260/20 la presente se encuadra bajo el Procedimiento de Contratación de Emergencia Sanitaria regulado por la IG-2020-1-E-AFIP-SDGADF.

Que mediante DI-2020-39-E-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM se adjudicó la mencionada contratación a favor de la firma CGB SOCIEDADES CAP I SECCION IV.

Que con posterioridad se advirtió en los articulados de la Disposición mencionada consignar la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 15 y subsiguientes de la Ley N° 19549, tal omisión o vicio que ostenta el acto administrativo resulta subsanable por no afectar la esencia del mismo.

Que de acuerdo a lo expuesto corresponde reemplazar el art N° 3 de la mencionada disposición.

Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición DI-2020-71-E-AFIP-AFIP Y DI-2020-39-E-AFIP-AFIP, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

El DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el texto del ARTÍCULO N° 3 de la Disposición DI-2020-39-E-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM por el siguiente:

“ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la División Administrativa de la Dirección Regional Sur (DADMDIRSUR) para continuar con los trámites respectivos y archívese.”.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Edgardo Medina

e. 03/06/2020 N° 21982/20 v. 03/06/2020

Fecha de publicación 03/06/2020