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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 175/2020

RESOL-2020-175-APN-SIGEN

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2020

VISTO, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, N° 72 de fecha 23 de enero de 2018, Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020, N° 325 de fecha 31 de marzo de 2020, N° 355 de fecha 11 de abril de 2020, N° 408 de fecha 26 de abril de 2020, N° 459 de fecha 10 de mayo de 2020 y N° 493 del 24 de mayo de 2020, y las Resoluciones SIGEN N° 173 de fecha 9 de octubre de 2018, N° 175 de fecha 12 de octubre de 2018, N° 176 de fecha 19 de octubre de 2018 y Nº 183 de fecha 01 de noviembre de 2018, y el Expediente EX-2020-33347573-APN- SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 100 de la Ley N° 24.156 establece que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN es el órgano normativo, de supervisión y coordinación del Sistema de Control Interno.

Que el artículo 104, inciso g) de la Ley Nº 24.156 atribuye al citado Organismo la función de aprobar los planes anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, así como orientar y supervisar su ejecución y resultado.

Que el Decreto Nº 1.344/2007, reglamentó la norma citada en el considerando precedente estableciendo que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN efectuará la referida aprobación a instancia de la presentación que a tal efecto deberán realizar las respectivas Unidades de Auditoría Interna, antes del 31 de octubre del año anterior al ejercicio de cuya planificación se trate.

Que por Resolución SIGEN N° 173/2018, se aprobó el uso del Sistema de Seguimiento de Acciones Correctivas (SISAC), el cual reemplaza al SISIO versión 3, implementándose en el mismo, una nueva modalidad de carga de las observaciones y acciones correctivas comprometidas.

Que a través de la Resolución SIGEN Nº 175/2018 se estableció el procedimiento para la aprobación de los Planes de Trabajo (PATs) de las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional definido en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156.

Que mediante la Resolución Nº 176/2018 se aprobó el “Instructivo para la elaboración de los planeamientos anuales de trabajo UAI”.

Que la Resolución SIGEN Nº 183/2018 modifica y complementa la citada Resolución SIGEN Nº 175/2018, aprobando el procedimiento interno “Pr 0011-3 para la Aprobación de los Planeamientos UAI”, determinando y detallando cada uno de los pasos e intervenciones a los que se sujetará el mismo.

Que en el marco de las citadas normas, cada una de las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional presentaron a través del SISAC sus Planeamientos 2020, contando, casi todos ellos, con la aprobación preliminar de las Gerencias de Control competentes.

Que estando en la etapa final de aprobación definitiva de dichos Planes, con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, declaró el brote del nuevo Coronavirus como una pandemia.

Que por el Decreto N° 260/2020, se amplió la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la pandemia declarada por el citado Organismo internacional en relación con el Coronavirus COVID-19, estableciéndose entre otras cuestiones, las facultades y competencias confiadas a las Jurisdicciones y Organismos para su adecuado y articulado marco de actuación.

Que por su parte, y a fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado Nacional, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio de los ciudadanos, medida que fue sucesivamente prorrogada por sus similares Nº 325/2020, 355/2020, 408/2020, 459/2020 y 493/2020, hasta el 7 de junio del presente año.

Que en ese contexto, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 459/2020 estableció, entre otras cuestiones, que las trabajadoras y los trabajadores pertenecientes a las jurisdicciones, organismos y entidades del sector público nacional, cualquiera sea su forma de contratación, que no se encuentren alcanzados por las excepciones previstas en el artículo 6° del Decreto N° 297/2020, su normativa complementaria y la que en el futuro se dicte, y estén obligados a cumplir con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo, pero realizarán sus tareas, en tanto ello sea posible, desde el lugar donde cumplen el aislamiento ordenado, de conformidad con las indicaciones de la autoridad jerárquica correspondiente.

Que esta situación dificulta o impide a las Unidades de Auditoría Interna llevar adelante, total o parcialmente, proyectos de auditoría o actividades que requieren ser abordadas de manera presencial.

Que adicionalmente la Emergencia genera que se produzcan cambios en los riesgos y prioridades de cada una de las Jurisdicciones y Organismos.

Que en este contexto, las Unidades de Auditoría Interna deberán adecuar el alcance de sus proyectos de auditoría o actividades, en función de la necesidad de efectuar su trabajo mediante la modalidad de teletrabajo sin presencia física (o con presencia física reducida) en los lugares habituales de trabajo.

Que en función de todo lo expuesto, deviene necesario dar por finalizado el proceso de aprobación de los Planes Anuales de Trabajo UAI 2020 oportunamente presentados hasta la fecha de la presente Resolución, y solicitar a las Unidades de Auditoría Interna que elaboren un nuevo Plan Anual de Trabajo UAI 2020 que contenga dos partes bien definidas.

Que en tal sentido, este nuevo “Plan Anual de Trabajo (PAT) UAI 2020” deberá contar con una primera parte que se llamará “Plan Original Ejecutado”, que contendrá todas las tareas y proyectos efectivamente realizados en el período 1° de enero - 31 de mayo de 2020 y, una segunda parte que se denominará “Plan de Emergencia”, que incluirá aquellas actividades y auditorías proyectadas para ser ejecutadas en el período 1° de Junio - 31 de Diciembre 2020, contemplando las cuestiones más relevantes en virtud de la emergencia, y con proyectos que puedan ser realizados en función de las actuales circunstancias.

Que en este orden, el “Instructivo. Lineamientos y Pautas para la Elaboración del nuevo Plan Anual de Trabajo (PAT) UAI 2020” tiene por objetivo constituirse en una guía simple y homogénea para todas las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional.

Que, asimismo, la “Metodología de Presentación y Aprobación del nuevo Plan Anual de Trabajo (PAT) UAI 2020” constituye una herramienta para ordenar la presentación y aprobación de los referidos planes.

Que las Gerencias de Control, la Gerencia de Normativa e Innovación del Control Interno, la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Auditoría Interna han tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 24.156, el Decreto Reglamentario Nº 1.344/2007 y el Decreto Nº 72 /2018.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por finalizado el proceso de aprobación de los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna (PATs UAI) 2020 presentados a través del Sistema de Seguimiento de Acciones Correctivas (SISAC) hasta la fecha de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que cada Unidad de Auditoría Interna del Sector Público Nacional definido en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156, reglamentado por el Decreto Nº 1.344/2007, deberá elaborar un nuevo “Plan Anual de Trabajo (PAT) UAI 2020”, que contará con una primera parte que se llamará “Plan Original Ejecutado”, la cual contendrá todas las tareas y proyectos efectivamente ejecutados en el período 1° de enero - 31 de mayo de 2020 y, una segunda parte, que se denominará “Plan de Emergencia”, que incluirá las tareas y proyectos planificados conforme los Lineamientos y Pautas definidas en el Anexo I de la presente, para el período 1° de junio - 31 de diciembre de 2020.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el “Instructivo. Lineamientos y Pautas para la Elaboración del nuevo Plan Anual de Trabajo (PAT) UAI 2020”, que como Anexo I (IF-2020-35063388-APN-GAJ#SIGEN), forma parte integrante de la presente. Dicho Instructivo es de cumplimiento obligatorio para la elaboración de los referidos Planes.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase la “Metodología de Presentación y Aprobación del nuevo Plan Anual de Trabajo (PAT) UAI 2020” que como Anexo II (IF-2020-35071208-APN-GAJ#SIGEN) forma parte de la presente.

ARTÍCULO 5º.- Establécese que los nuevos Planes Anuales de Trabajo 2020 deberán ser presentados por las Unidades de Auditoría Interna, a través del Sistema Integrado de Seguimiento de Acciones Correctivas, a los fines de su aprobación preliminar, hasta el día 16 de junio de 2020, inclusive.

ARTÍCULO 6º.- Establécese que para la elaboración y aprobación de los nuevos Planes Anuales de Trabajo (PAT) UAI 2020 no serán de aplicación las Resoluciones SIGEN Nº 175/2018, 176/2018 y 183/2018.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Carlos Antonio Montero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/06/2020 N° 22293/20 v. 05/06/2020

Fecha de publicación 05/06/2020