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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 202/2020

RESOL-2020-202-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2020

VISTO el EX-2019-55606668- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas N° 20/22 de la CD-2019-58627940-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-55606668- -APN-DGDMT#MPYT, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical, y la empresa TRAZ SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo de marras fue ratificado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) en la página N° 136 de la CD-2019-58627940-APN-DGDMT#MPYT.

Que las partes acordaron reducir la cantidad de contratos de trabajo a tiempo parcial y su novación a modalidades contractuales de jornada completa, en los términos y condiciones allí descriptas.

Que en atención al contenido de lo pactado, corresponde proceder al registro del presente como acuerdo marco de carácter colectivo sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados, los que deberán prestar su consentimiento a los fines de las novaciones previstas en el texto convencional concertado.

Que el anexo obrante en las páginas N° 23/24 de la CD-2019-58627940-APN-DGDMT#MPYT queda excluido de los alcances del registro, dado que su contenido resulta ajeno a las previsiones del derecho colectivo del trabajo.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase registrado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical, y la empresa TRAZ SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante en las páginas N° 20/22 de la CD-2019-58627940-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-55606668- -APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el acta de ratificación obrante en la página N° 136 de la CD-2019-58627940-APN-DGDMT#MPYT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante en las páginas N° 20/22 y 136 de la CD-2019-58627940-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-55606668- -APN-DGDMT#MPYT.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo registrado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/06/2020 N° 19761/20 v. 08/06/2020

Fecha de publicación 08/06/2020