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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 2239/2020

DI-2020-2239-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2020

VISTO el Expediente EX-2017-27232442- -APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Disposiciones N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI del 30 de diciembre del 2016, N° DI-2019-737-APN-DNM#MI del 7 de febrero de 2019, N° DI-2019-1907-APN-DNM#MI del 30 de abril de 2019 y N° DI-2019-4277-APN-DNM#MI del 7 de octubre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° DI-2019-737-APN-DNM#MI se creó la función de Supervisor Regional de Frontera, en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES logrando mayor presencia y capacidad de respuesta a los requerimientos de los pasos fronterizos aéreos, terrestres, marítimos y fluviales con optimización en la prestación del servicio de control migratorio.

Que la función de Supervisor Regional de Frontera tiene a su cargo la fiscalización de todos y cada uno de los Pasos Internacionales habilitados en el Territorio Nacional.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo y las correspondientes a las aperturas inferiores de esta Dirección Nacional, determinando la existencia de la DIRECCIÓN DE CONTROL TERRESTRE, de la DIRECCIÓN DE CONTROL AÉREO y de la DIRECCIÓN DE CONTROL MARÍTIMO – FLUVIAL dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO con la facultad de coordinar y planificar la operatoria de control de ingresos y egresos en todos los Pasos Internacionales del Territorio Nacional.

Que por razones de índole operativa y readecuación estructural resulta necesaria la asignación de funciones y/o recambio en la nómina de funcionarios en su calidad de Supervisores Regionales de Frontera y Adjunto.

Que la mencionada Supervisión Regional de Frontera resultará conformada por DOS (2) supervisores, UNO (1) Titular y UNO (1) Adjunto designados a propuesta y evaluación de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, tomando a su cargo la fiscalización de todos y cada uno de los Pasos Internacionales que le fueran asignados conforme jurisdicción.

Que la DIRECCIÓN DE CONTROL TERRESTRE, la DIRECCIÓN DE CONTROL MARÍTIMO - FLUVIAL, la DIRECCIÓN DE CONTROL AÉREO y la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de esta Dirección Nacional han prestado su conformidad en tal sentido.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de esta Dirección Nacional certifica que la medida propuesta no implica erogación presupuestaria y no modifica ni la estructura ni las jerarquías existentes.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N° 25.565, el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el ANEXO III de la Disposición N° DI-2019-737-APN-DNM#MI del 7 de febrero de 2019, conforme la presente actualización incorporada mediante ANEXO (DI-2020-33861236-APN-DGMM#DNM), el cual forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que las presentes asignaciones de funciones resultaran operativas a partir del día 1° de marzo de 2020 y por un término de NOVENTA (90) días contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Gírense las presentes actuaciones a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para su notificación y respectivo diligenciamiento.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Maria Florencia Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/06/2020 N° 22740/20 v. 10/06/2020

Fecha de publicación 10/06/2020