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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 2244/2020

DI-2020-2244-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2020

VISTO el Expediente EX-2020-33740536- -APN-DGTJ#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016, las DisposicionesN° DI-2016-5866-E-APN-DNM#MI del 26 de octubre de 2016, N° DI-2016-6079-E-APN-DNM#MI del 10 de noviembre de 2016, N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI del 30 de diciembre de 2016 y N° DI-2017- 6510-APN-DNM#MI del 30 de noviembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 1254/16, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que, por el artículo 3° de la mencionada Decisión Administrativa, se facultó al titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a aprobar, previa intervención de la Ex-SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la Ex-SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de las aperturas inferiores aprobadas por ese acto.

Que mediante la Disposición N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI, se aprobó las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, que contempla a la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA.

Que mediante la Disposición N° DI-2016-5866-E-APN-DNM#MI, se creó en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional el “Área de Prevención de Delitos al Orden Migratorio”.

Que por las Disposiciones N° DI-2016-6079-E-APN-DNM#MI y N° DI-2017-6510-APN-DNM#MI, se autorizaron las firmas del despacho diario del Área de Prevención de Delitos al Orden Migratorio mencionado en el párrafo anterior.

Que ponderando las competencias de las distintas unidades orgánico funcionales de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, corresponde dejar sin efecto el área señalada, a efectos de evitar superposiciones innecesarias y lograr una gestión y supervisión ágil, coordinada, transparente, eficiente y eficaz, de todo el organismo.

Que las medidas propuestas no implican modificación a la estructura vigente ni a las jerarquías existentes así como tampoco implica erogación presupuestaria alguna.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565, el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.-Déjanse sin efecto las Disposiciones N° DI-2016-5866-APN-DNM#MI del 26 de octubre de 2016, N° DI-2016-6079-APN-DNM#MI del 10 de noviembre de 2016 y N° DI-2017-6510-APN-DNM#MI del 30 de noviembre de 2017, de acuerdo con lo manifestado en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Maria Florencia Carignano

e. 10/06/2020 N° 22746/20 v. 10/06/2020

Fecha de publicación 10/06/2020