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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 1015/2020

DECAD-2020-1015-APN-JGM - Dase por designado Director de la Fundación Argentina en la Ciudad Internacional Universitaria de París, República Francesa.

Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-09390613-APN-DRRHHME#MECCYT, los Decretos Nros. 1155 del 8 de noviembre de 1982, 562 del 7 de julio de 2000, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° del Capítulo III del Estatuto de la FUNDACIÓN ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARÍS, REPÚBLICA FRANCESA, aprobado por la Resolución Nº 63 del 27 de enero de 1981 del ex MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN ratificada por el Decreto Nº 1155/82, establece que la Fundación estará a cargo de UN (1) Director, quien será designado por el Gobierno argentino, a propuesta del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que el Ministro de Educación propone para ocupar el referido cargo por un período de TRES (3) años al señor Miguel Ángel ESTRELLA.

Que el mencionado funcionario ha cumplimentado los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado al señor Miguel Ángel ESTRELLA (D.N.I. N° 7.062.054) en el cargo de Director de la FUNDACIÓN ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARÍS, REPÚBLICA FRANCESA, dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a partir del 11 de marzo de 2020 y por el término de TRES (3) años, de conformidad con lo establecido en el artículo 8°, inciso 2) de la Reglamentación del Estatuto de dicha Fundación, aprobado por el Decreto Nº 1155/82.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Nicolás A. Trotta

e. 11/06/2020 N° 22900/20 v. 11/06/2020

Fecha de publicación 11/06/2020