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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Resolución 216/2020

RESOL-2020-216-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2020

VISTO el EX-2020-37147258-APN-UEP#AND, las Leyes Nros. 24.452 y 25.730 sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 153 del 22 de Febrero de 1996, Nº 1277 del 23 de Mayo de 2003, Nº 1344 del 4 de Octubre de 2007, Nº 698 del 5 de Septiembre de 2017, Nº 868 del 27 de Octubre de 2017 y Nº 70 del 17 de Enero de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante las Leyes N° 24.452 y N° 25.730 se estableció que los fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina en virtud de las multas previstas en las citadas normas, serán destinados para la aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad.

Que mediante el Decreto N° 1277/03 se creó el FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, el cual será administrado por el COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Que por el inciso b) del artículo 7º del mencionado Decreto se establece que el Comité Coordinador tiene como atribución evaluar, seleccionar y aprobar los programas y proyectos.

Que el artículo 10 del citado Decreto establece que la presidencia del Comité Coordinador será ejercida por la presidencia de la ex COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Que por Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA de la NACIÓN, como continuadora de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Que mediante el artículo 17 del Decreto N° 868/17 se mantiene la vigencia del Comité Coordinador y se establece que el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD cumplirá todas las funciones que las normas citadas en el párrafo anterior atribuyeran al presidente de la ex COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS).

Que por Acta N° 884 -identificada como IF-2020-31567389-APN-DE#AND- el COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobó el Programa de Asistencia Económica a Hogares y Residencias para personas con discapacidad en el marco de la Emergencia COVID-19, y el Programa de Asistencia Económica a Talleres Protegidos de Producción en el marco de la Emergencia COVID-19.

Que por Acta N° 885 -identificada como IF-2020-32181696-APN-DE#AND- el COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobó el Programa de Banco Provincial de insumos para personas con discapacidad en el marco de la Emergencia COVID-19.

Que por Acta N° 887 -identificada como IF-2020-37191828-APN-DE#AND- el COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ratificó los términos y requisitos de los programas mencionados en los párrafos anteriores, los cuales integran la presente resolución individualizados como: Programa de Asistencia Económica a Hogares y Residencias para personas con discapacidad en el marco de la Emergencia COVID-19, Anexo I (IF-2020-37152429-APN-UEP#AND), Programa de Asistencia Económica a Talleres Protegidos de Producción en el marco de la Emergencia COVID-19, Anexo II (IF-2020-37152364-APN-UEP#AND) y Programa de Banco Provincial de insumos para personas con discapacidad en el marco de la Emergencia COVID-19, Anexo III (IF-2020-37152339-APN-UEP#AND) como asimismo, se establecieron nuevos plazos de presentación de proyectos.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1277/03, Nº 698/17, Nº 868/17 y Nº 70/20.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los programas seleccionados por el COMITÉ COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD los cuales integran la presente resolución como Anexo I (IF-2020-37152429-APN-UEP#AND), Anexo II (IF-2020-37152364-APN-UEP#AND) y Anexo III (IF-2020-37152339-APN-UEP#AND).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Claudio Flavio Augusto Esposito

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/06/2020 N° 22985/20 v. 11/06/2020

Fecha de publicación 11/06/2020