Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL

Resolución 8/2020

RESOL-2020-8-APN-SDC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2020

VISTO la Resolución Nro. RESOL-2020-260-APN-MC, el Expediente Nro. EX-2020-23834339- -APN-CGD#MECCYT, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias), el Decreto Nro. 335 de fecha del 4 abril del 2020, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nro. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20 se ordena la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que en atención a lo establecido en el artículo 18º de la citada norma, se encuentran suspendidos o severamente restringidos, los eventos y actividades que habitualmente se desarrollan en espacios, poniendo en riesgo la subsistencia de estos sectores de la cultura.

Que, por esa razón, el MINISTERIO DE CULTURA, aprobó bajo la RESOL-2020-260-APN-MC, el FONDO DESARROLLAR que impulsa la CONVOCATORIA NACIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYO ECONÓMICO A ESPACIOS CULTURALES, AFECTADAS POR LA PANDEMIA ASOCIADA A COVID-19.

Que como parte del mismo programa, se aprueban los reglamentos que detallan los procedimientos de implementación y que forman parte integral de dicha Resolución, bajo la denominación de Reglamento de Bases y Condiciones y la Declaración Jurada pertinente -Anexo I (IF-2020-25045386-APN-DIRNEC#MC) y ANEXO II (IF-2020-23880909-APN-DIRNEC#MC)-.

Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA CREATIVA, se invitó a los espacios culturales con sede en todo el territorio nacional, a participar de la primera convocatoria del FONDO DESARROLLAR, a los fines de contribuir a la sostenibilidad de los espacios culturales en el contexto actual de emergencia decretada.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA CREATIVA ha observado las pautas de postulación trazadas por la normativa referenciada, y elevado a esta SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, el INFORME (IF-2020-36466232-APN-DIRNEC#MC), que da cuenta de lo efectuado a la fecha.

Que a modo de continuar con la efectivización de los subsidios, se deberá dar intervención al Comité Evaluador, el cual deberá estar conformado por dos funcionarios del MINISTERIO de CULTURA, siendo un miembro de la Secretaría de Desarrollo Cultural y otro miembro de la Secretaría de Gestión Cultural, ambos con rango no inferior a Director Nacional y competencias vinculadas, y tres representantes y/o especialistas de Universidades Nacionales con perfil académico en gestión cultural.

Que los miembros de dicho Comité, deberán evaluar los proyectos presentados y realizarán la selección final de los beneficiarios del FONDO DESARROLLAR.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA CREATIVA, ha elevado la nómina de candidatos a cubrir las vacantes del Comité Evaluador, con los requeridos antecedentes.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que por ARTICULO 4TO. RESOL-2020-260-APN-MC, la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, es la autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de bases y condiciones aprobado y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que asimismo el Anexo I RESOL-2020-260-APN-MC (IF-2020-25045386-APN-DIRNEC#MC) específica la facultad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL para designar nominalmente a los integrantes del comité evaluador respetando las representaciones establecidas.

Por ello,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la nómina de jurados pertenecientes al Comité Evaluador creado por RESOL-2020-260-APN-MC, que a continuación se detalla:

1. Luis Manuel Sanjurjo, DNI 27934238 Director Nacional de Economía Creativa.

2. Juan Manuel Aranovich, DNI 29250258, Director Nacional de Formación Cultural.

3. Paula Mariela Brusca De Giorgio, DNI 25641079.

4. Paola Cecilia Audisio, DNI 27423597.

5. Franco Luis Rizzi, DNI 27959786.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese. Maria Lucrecia Cardoso

e. 11/06/2020 N° 22951/20 v. 11/06/2020

Fecha de publicación 11/06/2020