ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 660/2020
RESOL-2020-660-APN-ENACOM#JGM FECHA 8/06/2020 ACTA 60
EX-2019-75498410-APN-DNFYD#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el proyecto presentado por la COOPERATIVA TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS DE VILLA GESELL COTEL LIMITADA en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N° 2.899/2018 y sus modificatorias, la Resolución ENACOM N° 4.701/2018, la Resolución ENACOM N° 4.751/2019, y del PROGRAMA CONECTIVIDAD. 2.- Adjudicar a la COOPERATIVA TELEFONICA Y OTROS SERVICIOS DE VILLA GESELL COTEL LIMITADA, la suma de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA ($7.785.790), en concepto de Aportes no Reembolsables, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente. 3.- Destinar la suma de hasta PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA ($7.785.790), del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. 4.- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1°. 5.- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8° de la referida Convocatoria. 6.- Comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 16/06/2020 N° 23553/20 v. 16/06/2020
Fecha de publicación 16/06/2020