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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL OESTE

Disposición 26/2020

DI-2020-26-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM

Caseros, Buenos Aires, 11/06/2020

VISTO el Expediente GDE N° EX-2020-00280084- -AFIP-SGCFDIROES#SDGOPIM del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y

CONSIDERANDO:

Que por el presente Expediente se tramita la provisión de alcohol en gel para sedes de la Dirección Regional Oeste y las Agencias N° 4, 14, 15, 54 y 64 (DI ROES) – AFIP – DGI, tendiente a la protección sanitaria contra el COVID-19.

Que corre agregado el sustento de estimación de costos para el procedimiento; incorporado a la actuación mediante el documento GEDO SC 2020-00284292-AFIP-DADMDIROES#SDGOPIM.

Que se justifica la necesidad de contar con el mismo, según formulario SOLICITUD DE CONTRATACION, SC-2020-00287034-AFIP-DIROES#SDGOPIM.

Que consultada sistémicamente la disponibilidad presupuestaria en el presente ejercicio 2.020 para la realización de la contratación que nos ocupa, surge que resulta viable la misma.

Que se han realizado las correspondientes afectaciones preventivas, con cargo al Inciso 2 “Bienes de Consumo”; Partida Principal 5 “Productos químicos, combustibles y lubricantes” y Partida Parcial 2” Productos farmacéuticos y medicinales”, según consta en IF-2020-00288742-AFIPSGCFDIROES#SDGOPIM.

Que obra en el expediente F.1236E, documento GDE DI-2020-00289191 -AFIP-DIROES#SDGOPIM conteniendo la debida autorización del llamado, Contratación Directa N° 01/20 (DI ROES) encuadrada en los términos del artículo 21, inciso 4) apartado 9) del Anexo I de la Disposición 297/03 (AFIP) - Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas – y de la IG-2020-1-EAFIPSDGADF Procedimiento de contratación en el marco de la Emergencia Sanitaria.

Que se procedió a enviar a potenciales proveedores del rubro por correo y las solicitudes de difusión a las entidades: “U.A.P.E.”; “Cámara Argentina de Comercio” y “Mercados Transparentes S.A,; estableciéndose como plazo máximo para la recepción de las ofertas el viernes 22/05/2020 a las 14:00 horas.

Que en respuesta a las invitaciones y difusiones mencionadas precedentemente, se recibieron las ofertas de las firmas que se detallan a continuación: “VERTEL ARGENTINA SRL: CUIT: 30-70905721-5, PRECIO UNITARIO DEL LITRO DE ALCOHOL EN GEL: Pesos Doscientos cincuenta con 71/100 ($ 250,71), PRECIO TOTAL DE LA OFERTA por 350 Litros: Ochenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho con 50/100 ($ 87.748.50)”; y DTC Empresa Alimenticia SRL, CUIT 30-71581720-5, PRECIO UNITARIO DEL LITRO DE ALCOHOL EN GEL Pesos Cuatrocientos ($ 400). PRECIO TOTAL DE LA OFERTA por 350 Litros: Ciento cuarenta mil ($ 140.000).

Que se ha labrado Acta en GEDO, consignando la recepción de las ofertas mencionadas anteriormente, IF-2020- 00295941 -AFIP-DADMDIROES#SDGOPIM.

Cabe señalar que las firma: DISTRIBUIDORA DIFULIMP SRL, CUIT 30-71670783-7, presento la oferta fuera del horario estipulado para la apertura del presente procedimiento, quedando por lo tanto desestimada la misma.

Que si bien de la convocatoria realizada, no se han obtenido Tres (3) presupuestos admisibles, de conformidad a lo establecido en el Punto 5 de la IG 1/2020 (SDG ADF); y en mérito a la situación de emergencia sanitaria en que nos encontramos, por resultar la cotización realizada por VERTEL ARGENTINA SRL inferior a los valores máximos de referencia, dispuestos por la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, RESOL-2020-115-APN-SCI#MDP de fecha 16/04/2020, y el carácter de necesidad de urgencia que reviste el insumo como protección sanitaria contra el COVID- 19, esta instancia considera que se encuentra justificada la prosecución del respetivo trámite.

Que se ha confeccionado cuadro comparativo de ofertas recibidas en el cuerpo del email y acta de análisis de las mismas.

Que se ha consultado sistémicamente los reportes de Multas, Impugnaciones, Penalidades y Sanciones correspondiente a los oferentes del presente procedimiento, no resultando con multas.

Que del análisis efectuado de las ofertas presentadas, cotizadas en el cuerpo del email, surge que la oferta más conveniente que cumple con lo requerido en las especificaciones técnicas, corresponde a la firma: “VERTEL ARGENTINA SRL: CUIT: 30-70905721-5, por un importe total de Pesos Ochenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho con 50/100 ($ 87.748.50)”; IF-2020-00295952-AFIP--DADMDIROES#SDGOPIM.

Que se ha consultado el Registro de Proveedores del Estado, conforme lo previsto por la Resolución General AFIP N° 4164/2017, se constató que el contribuyente: VERTEL ARGENTINA SRL: CUIT: 30-70905721-5, “no registra deuda”.

Que el gasto total a realizar asciende a la suma de Pesos Ochenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho con 50/100 ($ 87.748.50).

Que la Sección Dictámenes (DI ROES) ha emitido Dictamen Jurídico el cual es compartido por la Jefatura de la División Jurídica.

Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición N° 39/2020 (AFIP) del 6 de febrero de 2020 y Disposición N° 71/2020 (AFIP) del 6 de marzo de 2020, se procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA DIRECTORA (INTERINA) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo mediante Contratación Directa N° 3/2020 (DI ROES), EX-2020-00280084-AFIP-SGCFDIROES#SDGOPIM, cuyo objeto es la provisión de alcohol en gel para sedes de la Dirección Regional Oeste y las Agencias N° 4, 14, 15, 54 y 64 (DI ROES)–AFIP–DGI, tendiente a la protección sanitaria contra el COVID-19, encuadrada en los términos del artículo 21, inciso 4) apartado 9) del Anexo I de la Disposición 297/03 (AFIP) - Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas – y de la IG-2020-1-EAFIPSDGADF Procedimiento de contratación en el marco de la Emergencia Sanitaria; con afectación a la Partida Presupuestaria 2.5.2. del presupuesto de la A.F.I.P., asignado a la Dirección Regional Oeste para el ejercicio del año 2020.

ARTÍCULO 2°- Declarar admisibles las ofertas presentadas por las firmas “VERTEL ARGENTINA SRL: CUIT: 30-70905721-5”; y “DTC Empresa Alimenticia SRL, CUIT 30-71581720-5”.

ARTÍCULO 3°.- Desestimar la oferta presentada por la firma DISTRIBUIDORA DIFULIMP SRL, CUIT 30- 71670783-7, por resultar extemporánea.

ARTÍCULO 4°.- Adjudicar la presente Contratación a la firma: VERTEL ARGENTINA SRL: CUIT: 30-70905721-5, por un importe total de Pesos Ochenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho con 50/100 ($87.748.50), por resultar su oferta admisible y ser económicamente la más conveniente para esta Administración Federal.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y pase a la División Administrativa de la Dirección Regional Oeste para su intervención y archívese. Nancy Fabiana Rodriguez

e. 17/06/2020 N° 23599/20 v. 17/06/2020

Fecha de publicación 17/06/2020