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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA GENERAL

Decisión Administrativa 1072/2020

DECAD-2020-1072-APN-JGM - Excepción.

Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-29820905-APN-CGD#SGP, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 se aprobaron los principios que regulan la relación del Empleo Público Nacional.

Que por el Decreto N° 1421/02 se aprobó la reglamentación de la citada Ley.

Que el inciso f) del artículo 5° del Anexo a la Ley N° 25.164 establece como impedimento para el ingreso a la Administración Pública Nacional tener la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación.

Que el artículo 5° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Nº 25.164, establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, previo dictamen favorable de la autoridad de aplicación, podrá autorizar la incorporación de las personas comprendidas en el alcance del inciso f) del artículo reglamentado en las condiciones allí establecidas, a propuesta circunstanciada y fundada del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha solicitado la excepción del señor Emilio José Ramón RIBERA, por tener la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación, a los fines de propiciar su designación en el cargo de Administrador de Servicios Generales de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en un Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a partir del 2 de marzo de 2020.

Que las aptitudes y experiencia del señor RIBERA resultan atinentes para asegurar el cumplimiento de las responsabilidades y acciones del cargo que se pretende cubrir transitoriamente y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, fundamentos suficientes para tramitar la excepción a lo establecido en el artículo 5°, inciso f) del Anexo a la citada ley.

Que ha tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100 inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 5° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Exceptúase al señor Emilio José Ramón RIBERA (D.N.I. N° 11.182.845) de lo establecido en el artículo 5° inciso f) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su designación en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique de Pedro

e. 18/06/2020 N° 24093/20 v. 18/06/2020

Fecha de publicación 18/06/2020