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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA COMANDO DE LA INFANTERÍA DE MARINA

Disposición 37/2020

DI-2020-37-APN-COIM#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2020

VISTO el Expediente EX-2020-30181843- -APN-COIM#ARA, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE), su modificatorio y complementario DNU N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020 (DECAD-2020-409-APN-JGM), la Decisión Administrativa N° 472 de fecha 7 de abril de 2020 (DECAD-2020-472-APN-JGM), la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (DI-2020-48-APN-ONC#JGM) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en razón de la pandemia declarada por la propagación del coronavirus COVID-19, el Estado Nacional puso en marcha un conjunto de medidas, entre las que se cuenta el dictado de la normativa señalada en el Visto, las cuales se fueron intensificando con el correr de los días, a los fines de resguardar a la población y minimizar la circulación del virus, frente al aumento del número de personas infectadas.

Que en consecuencia y por medio del artículo 15 ter del DNU N° 260/2020, agregado al mismo por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020, se dispuso que “Durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones específicos.”

Que a los fines señalados se autorizó el procedimiento implementado mediante la Decisión Administrativa JGM N° 409 y la Disposición de la ONC Nº 48/2020, con las modificaciones introducidas por las Disposiciones ONC N° 53/2020 y ONC N° 55/2020.

Que de acuerdo con lo señalado en los Considerandos de la Disposición ONC N° 48/2020, es necesario que se habilite la utilización de herramientas que permitan la obtención de bienes y servicios con celeridad, pero sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público.

Que teniendo en cuenta lo expuesto, por medio del expediente citado en el Visto se dio inicio a la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 07/2020 que tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE INSUMOS Y REPUESTOS PARA MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y MATERIALES NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS DE APOYO A LA COMUNIDAD (EAC) AFECTADOS A COVID19.

Que dicha contratación encuentra fundamento en el requerimiento formulado por el Comando de la FUERZA DE INFANTERIA DE MARINA DE LA FLOTA DE MAR. (FAIF) el cual pretende la adquisición de repuestos e insumos para mantenimiento de equipos para ser utilizados por los diferentes Equipos de Apoyo a la Comunidad, los cuales se despliegan de manera inmediata para satisfacer las necesidades derivadas de la emergencia que se atraviesa.

Que las acciones mencionadas que involucran el despliegue de personal y material a las zonas en las que se requiera la asistencia paliativa de esta pandemia, resultan de vital importancia.

Que en virtud de lo expresado, el requirente elaboró las Especificaciones Técnicas correspondientes a los efectos de llevar adelante la presente contratación de emergencia, en el marco de la normativa citada en el Visto.

Que se han cursado invitaciones a CINCO (5) proveedores inscriptos en los rubros 14-REPUESTOS / 6- FERRETERIA en los cuales se tramita este Expediente, conforme surge de las constancias del Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Pública Nacional (plataforma COMPR.AR) e invitaciones a Unión Argentina de Proveedores del Estado (UAPE) y Unión del Comercio, la Industria y el Agro de Punta Alta (UCIAPA), las que se encuentran vinculadas al referido expediente.

Que con fecha 08 de mayo de 2020 a las 10.00 hs. se llevó adelante la apertura de la oferta recibida mediante el Acta de Apertura IF-2020-30802009-APN-COIM#ARA, constatándose asimismo por medio del Acta de firma conjunta IF-2020-31012257-APN-UAI#MD, la presentación del oferente A Y M DESPOSITO S.R.L. (CUIT N° 30-61267749-9) por un monto total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 00/100 ($ 3.740.124,00).

Que la oferta recibida fue debidamente incorporada al Expediente Electrónico, siendo ello constatado por el señor Jefe de la Unidad Operativa de Contrataciones, el señor Jefe de la División Control Interno de la AGRUPACIÓN SERVICIOS DE CUARTEL, el señor INSPECTOR GENERAL DE LA ARMADA y la señora Jefa de la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, quienes suscriben en forma conjunta el Acta referida en el Considerando anterior.

Que el Departamento Logística de la FUERZA DE INFANTERIA DE MARINA DE LA FLOTA DE MAR, verificó que la oferta de la firma A Y M DESPOSITO S.R.L. (CUIT N° 30-61267749-9) cumple técnicamente con lo requerido, elaborando a tal fin el Informe Técnico N° 7/2020 que se agrega a los presentes como documento IF-2020-33558216-APN-COIM#ARA de fecha 14 de mayo de 2020.

Que teniendo en cuenta lo previsto por el Punto 3 inciso “g” de la Disposición ONC N° 48/2020, se solicitó al oferente A Y M DESPOSITO S.R.L. (CUIT N° 30-61267749-9) una mejora de precios respecto de su cotización original, obteniéndose del mismo respuesta favorable, tal como consta en documento obrante en orden 13 de los presentes como IF-2020-33423272-APN-COIM#ARA, de fecha 14 de mayo.

Que el señor Jefe de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES de la AGRUPACIÓN SERVICIOS DE CUARTEL confeccionó y agregó a los presentes el Informe de Recomendación IF-2020-33571965-APN-COIM#ARA, de fecha 21 de mayo de 2020, tal como lo exige el Punto 3 “h” de la Disposición ONC N° 48/2020, por medio del cual se asesoró al suscripto.

Que en dicho Informe se recomienda desestimar los renglones Nº 11 y 13 por superar los precios máximos establecidos en Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N°100/2020, el renglón Nº 10 por superar los precios máximos establecidos en Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N°115/2020 y el renglón Nº 06 por exceder en un 45% el precio de mercado averiguado en la página de internet www.mercadolibre.com.ar.

Que por el contrario, para el renglón Nº 04 el precio ofrecido está por debajo de los fijados como “precios máximos” resultando el mismo conveniente.

Que asimismo, se recomendó adjudicar los renglones N° 01 al 05, 07 al 09, 12, 14 al 28, 34 al 42, 45 al 49, 51 y 52 del presente procedimiento a la firma A Y M DESPOSITO S.R.L. (CUIT 30-61267749-9) por un monto total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 69/100 ($ 3.407.187,69) por ser económicamente convenientes y ajustarse técnicamente a lo solicitado por la Unidad Requirente.

Que comparando el presupuesto obtenido previo a la apertura de esta contratación, los precios máximos establecidos por las Resoluciones de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, sumado a lo consultado por internet en sitios web tipo mercado libre, y teniendo en cuenta que los importes publicados corresponden a la modalidad de pago contado, los precios de los renglones a adjudicar, en las condiciones requeridas respecto al lugar de entrega y la forma de pago, se consideran convenientes.

Que se cuenta con el crédito para afrontar el gasto emergente de la presente contratación.

Que en el trámite de los presentes se ha dado la debida intervención al señor Asesor Jurídico del COMANDO DE LA INFANTERÍA DE MARINA, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente.

Que la competencia del suscripto para el dictado de la presente medida surge del monto a adjudicar y lo establecido por el ARTÍCULO 6° de la Decisión Administrativa N° 409/20 y el Punto 5 del Anexo a la Disposición ONC Nº 48/2020, el Anexo I del ARTÍCULO 9° del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y el Anexo al artículo 35 inciso b) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1344/07, así como las Resoluciones del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 52-E del 5 de agosto de 2016 y la Nº 265-E de fecha 4 de octubre de 2016, la Resolución EMGA Nº 243/16 de fecha 25 de octubre de 2016 sus normas modificatorias y complementarias, con excepción de los topes establecidos para los titulares de las jurisdicciones intervinientes.

Por ello,

EL COMANDANTE DE LA INFANTERIA DE MARINA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese lo actuado en la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 07/2020, Expediente EX-2020-30181843- -APN-COIM#ARA, que tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE INSUMOS Y REPUESTOS PARA MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y MATERIALES NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS DE APOYO A LA COMUNIDAD (EAC) AFECTADOS A COVID19.

ARTÍCULO 2º.- Declárese desiertos los renglones Nº 29 al 33, 43, 44 y 50 por no haberse recibido cotización.

ARTÍCULO 3º.- Desestímese los renglones Nº 11 y 13 por superar los precios máximos establecidos en Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N°100/2020, el renglón Nº 10 por superar los precios máximos establecidos en Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N°115/2020 y el renglón Nº 06 por exceder en un 45% el precio de mercado averiguado en la página de internet www.mercadolibre.com.ar.

ARTÍCULO 4º.- Adjudíquese los renglones N° 01 al 05, 07 al 09, 12, 14 al 28, 34 al 42, 45 al 49, 51 y 52 del presente procedimiento a la firma A Y M DESPOSITO S.R.L. (CUIT 30-61267749-9) por un monto total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 69/100 ($ 3.407.187,69) por ser económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo solicitado.

ARTÍCULO 5°.- Dése intervención a la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES de la AGRUPACIÓN SERVICIOS DE CUARTEL a efectos de que se efectué la notificación al adjudicatario y libre la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 6°.- Desígnese como integrantes de la Comisión de Recepción del presente Acto Contractual al siguiente personal: CFIM Humberto Javier BARRIGA, CFIM Eduardo Javier MATEO y TNIM Héctor Raúl VILLALBA, en virtud de lo establecido en el punto 3 i) de la Disposición ONC N° 48/2020.

ARTÍCULO 7º.- Impútese el gasto que se aprueba en el Artículo 4º de la presente a la Partida 260CV9-INC 2.

ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente Disposición en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el Boletín Oficial de la República Argentina, conforme lo exige el Artículo 15 ter del DNU N° 260/2020 y el Punto 8 del Anexo a la Disposición ONC N° 48/2020.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Pablo Rios

e. 18/06/2020 N° 23869/20 v. 18/06/2020

Fecha de publicación 18/06/2020