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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 50/2020

ACTA N° 1610

Expediente EX-2018-28181568-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 17 DE JUNIO DE 2020.

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) a requerimiento de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE TUCUMÁN SOCIEDAD ANÓNIMA (EDET S.A.), para la Ampliación a la Capacidad de Transporte Existente que consiste en la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET) Manantial 2x30/30/30 MVA - 132/33/13,2 kV con sus respectivos campos y su vínculo con la ET Independencia II mediante la construcción de UNA (1) Línea Aérea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV de doble terna, de UN KILÓMETRO (1 km) de longitud, y un tendido de LAT subterráneo de (CAS DT) de 132 kV de SEIS COMA DOS KILÓMETROS (6,2 km) de longitud. 2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a través de un AVISO en los portales de internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que en caso de registrarse oposiciones que sean comunes a varios usuarios que se encuentren fundamentadas en los términos anteriormente señalados, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante exponer sus argumentos en defensa de la solicitud de Ampliación publicada. 4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo fijado en el artículo 2 sin que se verifique la presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública referido en el artículo 1. 5.- EDET S.A. y TRANSNOA S.A. deberán cumplir con todas las observaciones y requerimientos técnicos que le fueran efectuados por CAMMESA a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). 6.- EDET S.A. deberá presentar ante las autoridades jurisdiccionales respectivas el Informe Técnico (ANEXO 1- Rev3-P01/16-ENS426) del INSTITUTO DE ALTA TENSIÓN Y TRANSMISIÓN DE ENERGÍA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN, la Nota GT N° 71/2020, los planos con la ubicación georreferenciada y las características del cerramiento, a fin de que tomen conocimiento y en caso de considerarlo pertinente, emitan nuevos instrumentos relacionados con la aptitud ambiental del proyecto en cuestión. 7.- Notifíquese a EDET S.A., a TRANSNOA S.A., a CAMMESA, a la DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE de la Provincia de TUCUMÁN y al ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE ENERGIA (EPRET). 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Federico J. Basualdo Richards.

Diego Emanuel Alarcón, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 19/06/2020 N° 24072/20 v. 19/06/2020

Fecha de publicación 19/06/2020