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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 110/2020

DI-2020-110-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-330225- -AFIP-SDGPLA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico mencionado en el VISTO, la Subdirección General de Planificación promueve la modificación de la estructura organizativa en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que esta Administración viene llevando a cabo acciones en materia de prevención y erradicación de la violencia de géneros, con el objetivo de impulsar la asistencia y contención necesaria, como así también en la promoción de la igualdad y diversidad en todos sus tipos y modalidades.

Que a efectos de avanzar en la implementación de la Ley Micaela y potenciar las políticas de equidad de géneros e igualdad de oportunidades, así como de acceso a los derechos humanos en el Organismo, y en consonancia con las políticas que se aplican en el resto del sector público, se impulsa la creación de Dirección de Coordinación de Políticas de Géneros y Derechos Humanos, dependiente de la máxima autoridad del Organismo.

Que la Dirección de Gestión Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional, han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada “Género e Igualdad de Oportunidades”, dependiente de la Dirección de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos de la Subdirección General de Recursos Humanos, pase a depender de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con nivel de Dirección y a denominarse “Coordinación de Políticas de Géneros y Derechos Humanos”.

ARTÍCULO 2°.- Reemplazar el Anexo A01 (IF-2020-00338692-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) y, en la parte pertinente, los Anexos I (IF-2020-00338655-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI), B01 (IF-2020- 00338710-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) y C (IF-2020-00338727-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) de las áreas centrales, por los que se aprueban en la presente.

ARTÍCULO 3°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese en la Biblioteca Electrónica, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. Mercedes Marco del Pont

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/06/2020 N° 24109/20 v. 19/06/2020

Fecha de publicación 19/06/2020