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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL NEUQUÉN

Disposición 19/2020

DI-2020-19-E-AFIP-DIRNEU#SDGOPII

Neuquén, Neuquén, 04/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-00271327- -AFIP-SGCFDIRNEU#SDGOPII del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación para adquisición de insumos y accesorios de higiene personal y preventivo contra el COVID-19 para la Dirección Regional Neuquén y sus dependencias.

Que resulta necesaria la adquisición de los mismos atento los protocolos de salud e higiene dispuestos y las medidas de prevención vigentes Coronavirus Covid-19.

Que se efectuó la convocatoria y la elección del procedimiento de selección, encuadrándose la misma en el artículo 21 inciso 4) apartado 9 y artículo 22 de la Disposición N°297/03 (AFIP)

Que mediante formulario F.1236 (orden 15) se aprobó el pliego de bases y condiciones y autorización del llamado a contratación directa.

Que se cursaron las invitaciones tanto a los proveedores habituales a contratar como a las asociaciones que nuclean a los prestadores del servicio (orden 17 y 18).

Que al acto de apertura de ofertas establecido para el 21/05/2020 se recepcionaron vía correo electrónico las siguientes ofertas: OBAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71520417-3 cotizando un importe total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL VEINTINUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($146.029,40); MARTINEZ LUCAS ADAN C.U.I.T.: 20-23882222-0 cotizando un importe total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA ($257.760,00); S&E S.R.L. CUIT: 30-70993178-0 cotizando un importe total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS ($247.482,00); y MARTIN CRISTIAN MARCELO CUIT: 20-27238064-4 cotizando un importe de PESOS CIENTO SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($163.454,80).

Que la División Administrativa realizó la evaluación de ofertas y estableció el Orden de mérito N°1 para la firma OBAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71520417-3.

Que conforme Artículo 45 de la Disposición N° 297/03 (AFIP), la adjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más conveniente para la AFIP, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.

Que practicada la Consulta de Deuda Proveedores del Estado con fecha 28/05/2019 IF-2020-00310402-AFIP-SGCFDIRNEU surge que la oferente OBAL S.R.L. no registra deuda (N° transacción 51617449).

Que el servicio jurídico emitió Dictamen el 02/06/2020 IF-2020-00315354-AFIP-DVJNEU#SDGOPII, expresando que las presentes actuaciones cumplen con los requisitos previos exigidos por la Disposición 297/03 (AFIP) a efectos del dictado de la disposición de adjudicación por Contratación Directa Trámite Simplificado..

Que el importe del gasto total a erogar asciende a PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL VEINTINUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($146.029,40), habiéndose efectuado la reserva presupuestaria correspondiente.

Que tal gasto será imputado a las partidas 252, 222, 295, 299, 258 y 433 del presupuesto asignado a Dirección Regional Neuquén.

Que se dispone de la reserva presupuestaria para atender el importe de la presente erogación.

Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición DI-2020-71-E-AFIP, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL NEUQUEN

DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE

ARTICULO 1°.- Adjudicar la presente Contratación Directa a la firma OBAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71520417-3, por un importe total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL VEINTINUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($146.029,40).

ARTICULO 2°.- Autorizar la emisión de la respectiva Orden de Compra a favor de OBAL S.R.L C.U.I.T.: 30-71520417-3, por un importe total de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL VEINTINUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($146.029,40).

ARTICULO 3º - Realizar las publicaciones y comunicaciones de rigor.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, pase a la Sección Administrativa para la continuación de los trámites respectivos, y archívese. Salvador Anibal Lombardo

e. 22/06/2020 N° 24302/20 v. 22/06/2020

Fecha de publicación 22/06/2020