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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 1106/2020

DECAD-2020-1106-APN-JGM - Licitación Pública N° 28/2016. Ampliación.

Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-27481866-APN-DD#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 16 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa N° 351 del 5 de junio de 2017 se aprobó y adjudicó la Licitación Pública N° 28/16 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de la vacuna antineumocócica conjugada 13 valente, a la firma PFIZER ELEA CONSORCIO DE COOPERACIÓN, por el plazo total de TRES (3) años o hasta agotar la cantidad de DOCE MILLONES (12.000.000) de dosis, lo que ocurra primero.

Que la vacuna antineumocócica conjugada 13 valente fue incorporada al Calendario Nacional de Vacunación en el año 2011, ampliándose la población cubierta en los años 2014 y 2016, alcanzando actualmente a menores, personas mayores de 18 años con algunas comorbilidades o condiciones particulares y a la población mayor de 65 años.

Que la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES del citado organismo realizó las solicitudes de provisión anuales de la referida vacuna para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, agotando la cantidad contratada.

Que del Acta de Recepción Definitiva N° 348 del 27 de marzo de 2020 surge el cumplimiento total de las entregas de las dosis adjudicadas.

Que en atención a la necesidad de contar con el insumo referenciado para dar cumplimiento a las metas establecidas en el Calendario de Vacunación, la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES del MINISTERIO DE SALUD solicita la ampliación del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de la citada Licitación Pública N° 28/16, equivalente a CUATRO MILLONES DOSCIENTAS MIL (4.200.000) dosis de la vacuna antineumocócica conjugada 13 valente.

Que en tal sentido, la Dirección mencionada en el considerando anterior ha informado que el MINISTERIO DE SALUD incorporó al Calendario Nacional de Vacunación en 2011 la vacuna antineumocócica conjugada 13 valente (VCN-13) por medio de la Resolución Nº 502/11, con un esquema a los 2, 4 y 12 meses de vida. Asimismo, en el año 2014 se incluyó la vacunación de personas mayores de 18 años con las siguiente comorbilidades: inmunodeficiencias congénitas o adquiridas, infección por VIH, insuficiencia renal crónica, síndrome nefrótico, leucemia, linfoma y enfermedad de Hodgkin, enfermedades neoplásicas, inmunodepresión farmacológica, trasplante de órgano sólido y de células hematopoyéticas, mieloma múltiple, asplenia funcional o anatómica, anemia de células falciformes, implante coclear y fístula de LCR y en marzo de 2016 la COMISIÓN NACIONAL DE INMUNIZACIONES recomendó la ampliación de la estrategia e incorporar la vacuna conjugada contra neumococo para las personas que presenten una o más de las siguientes condiciones: cardiopatía crónica, enfermedad pulmonar crónica, diabetes mellitus, alcoholismo, enfermedad hepática crónica, tabaquismo y todas las personas mayores de 65 años. Esta recomendación se fundamentó en el análisis de los datos epidemiológicos que indican significativa morbimortalidad por enfermedad neumocócica invasiva y neumonía en la población de adultos mayores de 65 años y menores de esta edad con comorbilidades, en datos de inmunogenicidad, eficacia y efectividad de la VCN13 en población adulta que refuerzan la importancia de indicar un esquema secuencial complementando la vacunación con vacuna conjugada la cobertura de 23 serotipos de la vacuna polisacárida ya implementada.

Que, asimismo, según detalla la referida DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES, debido al contexto epidemiológico local y mundial de la pandemia de COVID-19, se ha incrementado exponencialmente la demanda de la Vacuna Neumococo conjugada 13 valente, siendo necesario reforzar la estrategia de vacunación para lograr la inmunización de todas las personas que forman parte de los grupos para los cuales está recomendada, así como del personal afectado a las tareas de control y mitigación de la pandemia.

Que la firma PFIZER ELEA CONSORCIO DE COOPERACIÓN prestó conformidad a la solicitud de ampliación.

Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, ambas del MINISTERIO DE SALUD, prestaron conformidad al presente trámite.

Que por lo expuesto, procede ampliar en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) la Licitación Pública N° 28/16 del MINISTERIO DE SALUD, adjudicada a favor de la firma PFIZER ELEA CONSORCIO DE COOPERACIÓN, por un total de CUATRO MILLONES DOSCIENTAS MIL (4.200.000) dosis de la vacuna antineumocócica conjugada 13 valente, conforme lo establecido en el artículo 12, inciso b) del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001y el artículo 100, inciso a) del Anexo del Decreto Nº 1030 del 16 de septiembre de 2016.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD intervino en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1344/07y lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Amplíase en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) el suministro contratado mediante la Licitación Pública N° 28/16 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de la vacuna neumocócica conjugada 13 valente, por la cantidad de CUATRO MILLONES DOSCIENTAS MIL (4.200.000) dosis, a favor de la firma PFIZER ELEA CONSORCIO DE COOPERACIÓN.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que resulte de la provisión de la vacuna conjugada 13 valente, en función de la ampliación dispuesta en el artículo 1°, por un total de CUATRO MILLONES DOSCIENTAS MIL (4.200.000) dosis, por un importe total de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 5.786.644.500), será atendido con las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García

e. 23/06/2020 N° 24660/20 v. 23/06/2020

Fecha de publicación 23/06/2020