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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 25/2020

DI-2020-25-APN-SSGA#MD

Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2020

VISTO el EX-2020-19002797-APN-CSBFFA#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO, tramitó la Contratación para la Provisión de Insumos para la producción de Alcohol en Gel en el Laboratorio Farmacéutico Conjunto del Estado Mayor Conjunto.

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE, de fecha 12 de marzo de 2020, se amplió, por el plazo de UN (1) año, el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al coronavirus COVID-19.

Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida y la salud de la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de establecer procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia que habilite a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales, a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público.

Que, en concordancia se emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-287-APN-PTE, por cuyo conducto se intensificaron las medidas implementadas por su similar N° DECNU-2020-260-APN-PTE, atento a la evolución de la pandemia.

Que, asimismo, por el artículo 3º antes citado se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer los principios y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada.

Que en el marco de dicha competencia se emitió la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020, por la cual se limita, en su artículo 2º, la utilización del procedimiento que se regula por la presente exclusivamente a las contrataciones de bienes y servicios requeridos en el marco de la emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/20, mientras que por su artículo 3º se aprobó el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en el marco de la emergencia plasmada en el citado Decreto N° 260/20.

Que, mediante el artículo 9º de la aludida norma se dispuso que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias de dicha medida.

Que, a tal fin, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, estableció mediante la DI-2020-48-APN-ONC#JGM el procedimiento para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/2020.

Que la COORDINACIÓN DE SALUD Y BIENESTAR DE LAS FUERZAS ARMADAS (ME-2020-19048529-APN-CSBFFA#MD) ha manifestado que …”Debido al seguimiento y tratamiento de la información que lleva adelante esta Coordinación de Bienestar del Personal de las FFAA en el marco de sus competencias, y habiendo evaluado la situación epidemiológica del coronavirus (COVID-19), que presenta un carácter dinámico, sin perjuicio que se encuentra en permanente revisión por sus profesionales, además de recomendar adoptar medidas de carácter general, particularmente en el ámbito de militar, con finalidad preventiva, se observa integralmente la necesidad de optimizar los recursos como así también la expansión de las capacidades de producción del Laboratorio Farmacéutico Conjunto para hacer frente a la Emergencia-COVID-19).”…, en virtud de ser los mismos indispensables para proveer los insumos necesarios a fin de incrementar la producción de alcohol en gel.

Que la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES (PV-2020-19054947-APN-SECEYAM#MD) brinda conformidad a la medida y continuidad del trámite.

Que los bienes se encuentran catalogados conforme a la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 de junio de 1997.

Que la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES Y COMPRAS, ha efectuado el presente proceso según el Anexo a la DI-2020-48-APN-ONC#JGM de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que en virtud de lo expuesto, de las prescripciones establecidas según Anexo a la DI-2020-48-APN-ONC#JGM corresponde aplicar al presente procedimiento el trámite de Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 1/2020.

Que mediante el Correo Institucional de la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES Y COMPRAS del MINISTERIO DE DEFENSA, se realizó la invitación a cotizar a las firmas EUQUI SOCIEDAD ANÓNIMA, FELSAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, WM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, RESTEC ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y SOUTH AMERICA TRUCKING SOCIEDAD ANÓNIMA conforme con lo establecido en el punto 3, apartado b) del Anexo a la DI-2020-48-APN-ONC#JGM.

Que con fecha 27 de marzo de 2020 se produjo la apertura de ofertas generando la correspondiente Acta (IF-2020-19198458-APN-DCYC#MD), dónde se deja constancia que sólo la firma SOUTH AMERICA TRUCKING SOCIEDAD ANÓNIMA ha presentado su cotización.

Que en función de lo expuesto y de la documentación presentada por los oferentes, la Dirección de Contrataciones y Compras emitió el Informe de Evaluación de Oferta, por el cual aconseja adjudicar los renglones N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 a la oferta de la firma SOUTH AMERICA TRUCKING S.A, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL ($ 6.110.000) por ser la oferta económica que cumple con todos los requisitos exigidos y ser el precio más conveniente a los intereses del Organismo.

Que con fecha 6 de mayo de 2020 la firma SOUTH AMERICA TRUCKING S.A ha presentado una nota, obrante a orden 14 de las actuaciones, en la cual manifiestan que …”En virtud de la Contratación por emergencia COVID-19 N° 1/2020 por la cual presentamos nuestra oferta para la compra de insumos para la fabricación del alcohol en gel, nos vemos obligados en retirar dicha oferta por falta de disponibilidad de los insumos”.

Que como consecuencia, corresponde declarar fracasada la Contratación por Emergencia COVID-19 N° 1/2020, por no mantener la oferta la única firma que presentó cotización.

Que el Servicio Jurídico de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se halla facultado para el dictado de la presente medida, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° 409/2020 y lo establecido en el artículo 9° del Anexo al Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado en el procedimiento de Contratación por Emergencia COVID-19 N° 1/2020 que tiene por objeto la Provisión de Insumos para la producción de Alcohol en Gel- Laboratorio Farmacéutico de las Fuerzas Armadas.

ARTÍCULO 2º.- Declárase fracasado el procedimiento de Contratación por Emergencia COVID-19 N° 1/2020, por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, notifíquese lo dispuesto al adjudicatario, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial por el término de UN (1) día y archívese. Leonardo Garay Decándido

e. 23/06/2020 N° 24504/20 v. 23/06/2020

Fecha de publicación 23/06/2020