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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 113/2020

DI-2020-113-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2020

VISTO el EX-2020-00328042- -AFIP-SEASDVGEPE#SDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Abogada Arminda Julia CONTRERAS PAZ, en el carácter de Directora Interina de la Dirección Regional Aduanera Noroeste y asignar idénticas funciones al agente Luis Horacio MOCAYAR, quien se viene desempeñando como Administrador de la Aduana La Rioja, de su jurisdicción.

Que asimismo, se propicia designar a la agente Cecilia Verónica MERLO GIMENEZ, en el carácter de Administradora Interina de la citada Aduana, quien se viene desempeñando en el carácter de Jefa Interina de la Sección Secretaría Prevencional N° 7 y 8, en el ámbito de la Subdirección General de Control Aduanero.

Que por otra parte, se gestiona asignar a la Abogada Arminda Julia CONTRERAS PAZ las funciones interinas de Consejero General de 1ra asociadas a la categoría C.T.A. – 01 en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Noroeste.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4º C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 – Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (t.o. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que la presente cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Control Aduanero y de la Dirección General de Aduanas.

Que la Subdirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por los Decretos Nros. 1399 del 4 de noviembre de 2001 y 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDOCUILFUNCIÓN ACTUALFUNCIÓN ASIGNADA
Abgda. Arminda Julia CONTRERAS PAZ27149846889Director regional aduanero - DIR. REGIONAL ADUANERA NOROESTE (SDG OAI)Consejero General de 1ra. Int. - DIR. REGIONAL ADUANERA NOROESTE (SDG OAI)
Ag. Luis Horacio MOCAYAR20171849420Administrador de aduana - ADUANA LA RIOJA (DI RACE)Director Int. - DIR. REGIONAL ADUANERA NOROESTE (SDG OAI)
Ag. Cecilia Veronica MERLO GIMENEZ27231995000Jefe de seccion fiscalizacion y operativa aduanera - SEC. SECRETARIA PREVENCIONAL N° 7 Y 8 (DV SUVE)Administrador de aduana Int. - ADUANA LA RIOJA (DI RACE)

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mercedes Marco del Pont

e. 24/06/2020 N° 24763/20 v. 24/06/2020

Fecha de publicación 24/06/2020