Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA

Resolución 222/2020

RESOL-2020-222-APN-D#CNMO

Torres, Buenos Aires, 16/06/2020

VISTO el EX-2020-32907476-APN-D#CNMO del Registro de la COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA y la Decisión Administrativa Nro 409/2020 y la Disposición ONC Nro 48/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia tramita la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 08/2020 que tiene por objeto la adquisición de INSUMOS Y MATERIALES PARA HOGARES.

Que el procedimiento se realiza a solicitud de la DIRECCION DE COORDINACION ASISTENCIAL y la DIRECCIÓN TECNICA DE ADMINISTRACION mediante notas identificadas como NO-2020-27768100-APNDCA#CNMO y NO-2020-28153683-APN-DTA#CNMO, incorporadas en ordenes Nros. 2 y 4, respectivamente, a los presentes actuados.

Que, la DIRECCION DE COORDINACION ASISTENCIAL manifiesta en la mencionada nota del orden Nro. 2, que su requerimiento obedece a imperiosa necesidad de disponer de nuevos espacios, con capacidad reducida y acorde, habida cuenta, de las necesidades surgidas de la pandemia COVID-19;

Que, ante la situación de emergencia por la pandemia declarada a raíz de la propagación del coronavirus, amerita adoptar las medidas pertinentes con el objeto de todas las acciones en tal sentido, en pos de cuidado a las personas asistidas que la Institución tiene el deber de garantizar, preservando el estado de salud en el marco de la grave situación que se plantea, mediante la utilización de todos los medios estratégicos y legales que desde el Poder Ejecutivo Nacional, se han puesto al alcance de los organismos que requieran adquirir insumos con carácter de MUY URGENTE provisión;

Que, en dicho orden de ideas y a efectos del encuadre legal de los procesos adquisitivos en esta situación de extrema necesidad, se han dictado instrumentos legales de CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID19 conforme a lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020; y la Disposición DI-2020-48- APN-ONC#JGM, sus complementarios y modificatorios.

Que se realizaron las invitaciones a proveedores del ramo que trata, según lo estipulado por la citada normativa, a las firmas del rubro según consta en IF-2020-34242890-APN-DTA#CNMO.

Que con fecha 28/05/2020 a las 12:00 hs se celebró el Acto de Apertura de Ofertas mediante IF-2020-34743064- APN-DTA#CNMO incorporada en el orden 24 mediante y ACTA DE CONSTATACION en IF-2020-34777344 (32), habiéndose recibido las propuestas de las firmas BENEDETTI SAIC 30-3054433919-9 y MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7.

Que en Orden Nº 34 obra PV-2020-34827484-APN-DTA#CNMO de la DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA por cuanto consta que ha tomado la intervención de su competencia.

Que, el area de OBRAS E INFRAESTRUCTURA mediante IF-2020- 35377750-APN-DTA#CNMO que luce en orden 35 realizó la evaluación de las propuestas, de la cual surge el orden de merito 1 a la firma MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7- para los renglones 4,5,6,7,8,11,23,27 y 33 fundamentando la pre adjudicación, por cotizar lo solicitado y los valores corresponderse con los del mercado.

Que se propicia desestimar totalmente a la BENEDETTI SAIC por no presentar la cotización en el cuerpo del mensaje del e-mail y posee deuda exigible ante la AFIP.

Que procede declarar desiertos los renglones N° 10,12, 13,17,18, 19,20,21,22, 24, 25, 26 31,32,34 y fracasados los renglones N° 1,2,3,9,14,15,16,28,29,30 y 35.

Que el presente informe de recomendación se realiza en el marco de los instrumentos legales citados en el quinto considerando precedente;

Que en orden 25 y 26 mediante IF-2020-34746479-APN-DTA#CNMO e IF-2020-34745808-APN-DTA#CNMO, respectivamente, la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES agrega las constancias de inscripción en el sistema COMPR.AR de las firmas proponentes.

Que la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES emite el informe en donde recomienda la resolución a adoptar en el presente procedimiento mediante IF-2020-36749359-APN-DTA#CNMO del orden donde lo hace en concordancia con lo recomendado por el area de OBRAS E INFRAESTRUCTURA mediante IF-2020- 35377750-APN-DTA#CNMO que luce en orden 35.

Que por todo lo obrado y expuesto en el expediente electrónico citado en el preámbulo de la presente, corresponde proceder dictar el Acto Administrativo de rigor, con el objeto de proceder a adjudicar a la firma MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7-, los renglones 4,5,6,7,8,11,23,27 y 33.

Que ha tomado la intervención de su competencia el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro 125 de fecha 1 de abril de 2020.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 08/2020 substanciada con el objeto de contratar la adquisición de INSUMOS Y MATERIALESPARA HOGARES, conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE, y DECNU2020-287-APN-PTE; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APNJGM, la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM, sus complementarios y modificatorios.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar totalmente a la BENEDETTI SAIC por no presentar la cotización en el cuerpo del mensaje del e-mail, y posee deuda exigible por ante la AFIP.

ARTÍCULO 3º.- Declarar desiertos los renglones N° 10,12, 13,17,18, 19,20,21,22, 24, 25, 26 31,32,34.

ARTÍCULO 4º.- Declarar fracasados los renglones N° 1,2,3,9,14,15,16,28,29,30 y 35.

ARTÍCULO 5º.- Adjudicase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 08/2020 a la firma MEGACER SRL CUIT 30-69597462-7- para los renglones 4,5,6,7,8,11,23,27 y 33 por el importe total de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($94.544) según lo expuesto en los considerandos de la presente.

ARTICULO 6º.- Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($94.544) con cargo a las partidas presupuestarias que correspondan de este ORGANISMO para el ejercicio que corresponda.

ARTICULO 7º.- Autorízase a la DIVISIÓN COMPRAS Y CONTRATACIONES a confeccionar la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Cumplido, archívese. Gustavo Garcia

e. 25/06/2020 N° 24511/20 v. 25/06/2020

Fecha de publicación 25/06/2020