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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 697/2020

RESOL-2020-697-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2020

VISTO Expediente Nº EX-2020-29184527- -APN-CGD#MECCYT, el Decreto N° 36 del 14 de diciembre de 2019, el Decreto N° 296 del 18 de marzo de 2020 y la Resolución N° 1 de fecha 30 de enero de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° del Decreto N° 36/2019, se instruyó la revisión de los procesos concursales y de selección de personal en un plazo no mayor a SEIS (6) meses a fin de analizar su legalidad y, en particular, el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado merituando los antecedentes presentados por los postulantes.

Que por el artículo 5° del citado decreto se instruyó la revisión en UN (1) plazo no mayor a TRES (3) meses, de las designaciones efectuadas en virtud de procesos concursales del personal de dichos Ministerios u organismos, durante los últimos DOS (2) años computados desde la vigencia del mismo, con el propósito de analizar su legalidad, pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado y los antecedentes presentados por los y las postulantes.

Que asimismo por el artículo 7° se instruyó la revisión de las contrataciones de personal efectuadas durante los últimos TRES (3) años computados desde la vigencia de la norma citada supra, con el propósito de analizar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y en el Decreto N° 1109/17, merituando las necesidades de servicio para su contratación.

Que, con posterioridad, por Decreto N° 296/2020, se prorrogó el plazo establecido por el artículo 5° del Decreto N° 36/2019 por el término de TRES (3) meses computados a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y se estableció que, a los fines de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto N° 36/2019, se podrán realizar las revisiones en las contrataciones de personal hasta el 30 de junio de 2020.

Que mediante la Resolución SGyEP N° 1/2020, reglamentaria del Decreto N° 36/2019, se estableció el procedimiento para el cumplimiento de la revisión instruida por los artículos 4°, 5° y 7° del mencionado Decreto.

Que mediante el artículo 3° de la citada Resolución, se estableció la conformación de UN (1) Equipo Técnico de Trabajo integrado por TRES (3) miembros de la jurisdicción, quienes tendrán a su cargo las tareas inherentes a la revisión referida precedentemente.

Que en consecuencia corresponde proceder a la designación de los integrantes de dicho Equipo, para lo cual se han evaluado los antecedentes profesionales de la Lic. Julieta SOTO, la Dra. María Paula ARCA y el Lic. Mauro José CAMPAGNA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el artículo 3° de la Resolución SGyEP N° 1/2020 y atento las atribuciones previstas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/1992 y sus modificatorias).

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designar como miembros integrantes del Equipo Técnico de Trabajo de esta jurisdicción Ministerial, para el cumplimiento de la revisión instruida por el Decreto N° 36 del 14 de diciembre 2019, a la Licenciada Julieta SOTO (D.N.I. N° 35.037.971), a la Doctora María Paula ARCA (D.N.I. N° 26.934.810) y al Licenciado Mauro José CAMPAGNA (D.N.I. Nº 31.175.584), quienes cumplirán dichas tareas sin perjuicio de las funciones inherentes a sus respectivos cargos.

ARTÍCULO 2º.- El Equipo Técnico de Trabajo tendrá las atribuciones y responsabilidades previstas en los artículos 4°, 5° y 7° del Decreto N° 36 de fecha 14 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Tristán Bauer

e. 25/06/2020 N° 24993/20 v. 25/06/2020

Fecha de publicación 25/06/2020