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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA

Resolución 212/2020

RESOL-2020-212-APN-D#CNMO

Torres, Buenos Aires, 12/06/2020

VISTO el EX-2020-27766303-APN-D#CNMO del Registro de la COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA y la Decisión Administrativa Nro 409/2020 y la Disposición ONC Nro 48/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia tramita la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 07/2020 que tiene por objeto la adquisición de INSUMOS DESCARTABLES PARA FARMACIA.

Que el procedimiento se realiza a solicitud del SECTOR FARMACIA y la DIRECCIÓN DE COORDINACION ASISTENCIAL mediante notas identificadas como NO-2020-27267362-APN-DCA#CNMO y NO-2020-27730193-APN-DCA#CNMO, incorporadas en ordenes Nros. 4 y 5, respectivamente, a los presentes actuados.

Que, el SECTOR FARMACIA manifiesta en la mencionada nota del orden Nro. 4, que su requerimiento obedece a imperiosa necesidad de disponer de ingreso inmediato de medicamentos, materias primas e insumos biomédicos de primera necesidad por la criticidad de los mismos para paliar los efectos de la pandemia de COVID-19.;

Que, ante la situación de emergencia por la pandemia declarada a raíz de la propagación del coronavirus, amerita adoptar las medidas pertinentes con el objeto de todas las acciones en tal sentido, en pos de cuidado a las personas asistidas que la Institución tiene el deber de garantizar, preservando el estado de salud en el marco de la grave situación que se plantea, mediante la utilización de todos los medios estratégicos y legales que desde el Poder Ejecutivo Nacional, se han puesto al alcance de los organismos que requieran adquirir insumos con carácter de MUY URGENTE provisión;

Que en lo referente a la justificación respecto al encuadre de CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 es conforme a lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020; y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus complementarios y modificatorios.

Que se realizaron las invitaciones a proveedores del ramo que trata, según lo estipulado en la normativa vigente, a las firmas que según consta en IF-2020-33261001-APN-DTA#CNMO y IF-2020-33419946-APN-DTA#CNMO que lucen en orden 23 y 25 respectivamente.

Que con fecha 26/05/2020 a las 12:00 hs se celebró el Acto de Apertura de Ofertas mediante IF-2020-34293217-APN-DTA#CNMO del orden 32 y mediante el ACTA DE CONSTATACION IF-2020-34311243-APN-DTA#CNMO del orden 36, habiéndose recibido las propuestas de las firmas DOGUERIA LA TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA (30-71156923-1), BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6), DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1), XIMAX SRL (30-70756341-5) y DENVER FARMA SA (33-62928265-9).

Que, en orden 39 obra IF-2020-34409516-APN-DTA#CNMO de la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES desestimando totalmente a la firma DENVER FARMA SA (33-62928265-9) por no cotizar su oferta en el cuerpo del mensaje conforme lo establecido por la normativa vigente.

Que en Orden Nº 42 obra IF-2020-35024336-APN-DCA#CNMO de la DIRECCION DE COORDINACION ASISTENCIAL por cuanto tomó intervención de su competencia.

Que, de acuerdo al informe emitido por el Sector Farmacia en orden 44 ha resultado fracasado el renglón N°11 por precio excesivo y desiertos los renglones N°2, 4, 6, 9 y 12.

Que en virtud de las cotizaciones recibidas, el SECTOR FARMACIA mediante IF-2020-35296680-APN-DCA#CNMO que luce en orden 44 realizó la evaluación de las propuestas recibidas por lo que estimó pertinente asignar orden de merito 1 a la firma DOGUERIA LA TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA (30-71156923-1) los renglones 1, 5, 7, 8, 13, 14, 15, 16 y 19, a la firma BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6) los renglones 17 y 18, a la firma DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1) el renglón N°3 y por último a la firma XIMAX SRL (30-70756341-5) el renglón N°10, todos por responder a las exigencias requeridas.

Que la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES emite el informe en donde recomienda la resolución a adoptar en el presente procedimiento mediante IF-2020-36721925-APN-DTA#CNMO del orden 57 donde lo hace en concordancia con lo recomendado por el SECTOR FARMACIA mediante IF-2020-35296680-APN-DCA#CNMO que luce en orden 44

Que el presente informe de recomendación se realiza en el marco de lo establecido en la Disposición Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM, la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE y sus complementarios y modificatorios.

Que en orden 38 mediante IF-2020-34393782-APN-DTA#CNMO, la DIVISION COMPRAS Y CONTRATACIONES agrega las constancias de inscripción en el sistema COMPR.AR de las firmas cotizantes.

Que por todo lo obrado y expuesto en el expediente electrónico corresponde proceder a la adjudicación de la firma DOGUERIA LA TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA (30-71156923-1) los renglones 1, 5, 7, 8, 13, 14, 15, 16 y 19, a la firma BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6) los renglones 17 y 18, a la firma DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1) el renglón N°3 y por último a la firma XIMAX SRL (30-70756341-5) el renglón N°10 .

Que en orden 48 mediante PV-2020-35763920-APN-DTA#CNMO la DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA ha tomado intervención en lo actuado.

Que ha tomado la intervención de su competencia el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro 125 de fecha 1 de abril de 2020.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 07/2020 que tiene por objeto la adquisición de INSUMOS DESCARTABLES, conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020; y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus complementarios y modificatorios.

ARTICULO 2°.- Desestímase totalmente a la firma DENVER FARMA SA (33-62928265-9) de acuerdo a los considerandos de la presente.

ARTICULO 3°.- Declárase fracasado el renglón N°11 de acuerdo a lo sugerido por el SECTOR FARMACIA.

ARTICULO 4°.- Decláranse desiertos los renglones N°2, 4, 6, 9 y 12.

ARTÍCULO 5°.- Adjudicase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 07/2020 a la firma DOGUERIA LA TRINIDAD-GRUPO DUKBART SA (30-71156923-1) renglones 1, 5, 7, 8, 13, 14, 15, 16 y 19 por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON CON OCHO CENTAVOS ($868.232,08), BARDELLI SALUD SRL (30-70929203-6) renglones 17 y 18 por la suma total de PESOS CUARENTA Y UN MIL CIEN ($41.100,00), DROGUERIA FAMILY (30-71080734-1) renglón 3 por la suma total de PESOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($71.500,00) y XIMAX SRL (30-70756341-5) renglón 10 por la suma total de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS ($118.600,00) según lo expuesto en los considerandos de la presente.

ARTICULO 6°.- Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON OCHO CENTAVOS ($1.099.432,08) con cargo a las partidas presupuestarias que correspondan de este ORGANISMO para el ejercicio que corresponda.

ARTICULO 7°.- Autorízase a la DIVISIÓN COMPRAS Y CONTRATACIONES a confeccionar la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y archívese. Gustavo Garcia

e. 29/06/2020 N° 24758/20 v. 30/06/2020

Fecha de publicación 29/06/2020