INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 313/2020
RESOL-2020-313-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/06/2020
VISTO el EX-2020-39367655-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de enero de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020, Nº 325 de fecha 31 de marzo de fecha 2020, Nº 355 de fecha 11 de abril de 2020, Nº 408 de fecha 26 de abril de 2020, Nº 459 de fecha 10 de mayo de 2020, Nº 493 de fecha 24 de mayo de 2020, y Nº 520 de fecha 07 de junio de 2020, las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17741 (t.o. 200) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar Concursos y otorgar premios.
Que resulta necesario llamar a participar del CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE FICCION, destinado a productores que tengan proyectos de largometraje en desarrollo preclasificados, que no hayan acreditado inicio de rodaje ni recibido ningún tipo de ayuda económica por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que el objetivo del Concurso es posibilitar el replanteo, con el fin de fortalecer el proyecto, tanto económica como artísticamente, preservando la historia y la propuesta que fue presentada y declarado de interés previamente.
Que las Bases y condiciones, y los requisitos del llamado a Concurso, se encuentran incorporados mediante IF 2020-40586115-APN-GFIA#INCAA e IF 2020-40586645-APN-GFIA#INCAA, respectivamente.
Que el artículo primero del Decreto Nº 297/20 y complementarios, establece que la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” se adopta en el marco de la declaración de pandemia emitida por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), la Emergencia Sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorios, y en atención a la evolución de la situación epidemiológica, con relación al CORONAVIRUS- COVID 19.
Que en este mismo marco de emergencia sanitaria el Gobierno Nacional dictó el Decreto Nº 520/20, mediante el cual dispuso medidas de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de “Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio” según la jurisdicción y el lugar que se trate, los cuales se precisan en la misma norma.
Que en ese contexto, el objetivo del Concurso es posibilitar el replanteo, con el fin de fortalecer el proyecto, tanto económica como artísticamente, preservando la historia y la propuesta que fue presentada y declarada de interés previamente.
Que resulta necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.
Que para la integración del Jurado, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tendrá en cuenta la paridad federal y de género.
Que la Gerencia de Fortalecimiento a la Industria Audiovisual, la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General de este INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a participar del “CONCURSO DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE PROYECTOS DE FICCIÓN” a productores inscriptos en el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, que tengan un proyecto de largometraje en desarrollo, declarado de interés y que no hayan acreditado inicio de rodaje ni recibido ningún tipo de apoyo económico del Organismo.
ARTICULO 2°.- Fijar un período de VEINTE (20) días hábiles, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de esta Resolución, para la presentación de los proyectos cuyas condiciones de participación, requisitos a cumplir y premios a ser otorgados se establecen en las Bases y Condiciones, y en los Requisitos del Concurso, obrantes como IF 2020-40586115-APN-GFIA#INCAA e IF 2020-40586645-APN-GFIA#INCAA, respectivamente, que forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Las Bases y Condiciones, serán publicados en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 4º.- Dejar constancia que la participación en el presente Concurso implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las Bases y Condiciones, y en los Requisitos del mismo.
ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletin Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Adalberto Puenzo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/06/2020 N° 25804/20 v. 30/06/2020
Fecha de publicación 30/06/2020