BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7053/2020
25/06/2020
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: OPRAC 1 – 1042, LISOL 1 – 895. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos de deuda pública de la provincia de Río Negro.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos de deuda pública a ser emitidos por la provincia de Río Negro por hasta la suma en circulación de valor nominal $ 2.000.000.000, en el marco del “Programa de Cancelación de Obligaciones del Sector Público Provincial” –creado por el Decreto provincial Nº 277/2020– y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución Nº 61/2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio previstas en las citadas normas.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerente General de Regulación Financiera a/c.
e. 30/06/2020 N° 25751/20 v. 30/06/2020
Fecha de publicación 30/06/2020