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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 347/2020

RESOL-2020-347-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2020

VISTO el EX-2018-47871247-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES las Leyes Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, Nº 24.759 Convención Interamericana Contra la Corrupción, Nº 26.097 Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, Nº 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, N° 25.188 de Ética Pública, N° 25.233 de creación de la Oficina Anticorrupción, y los Decretos N° 102 de fecha 23 de diciembre de 1999, Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, Nº 90 de fecha 20 de enero de 2020, y la Resolución INCAA N° 1260-E de fecha 10 de agosto de 2018, y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud del PLAN DE ACCIÓN DE INTEGRIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA ANTICORRUPCIÓN celebrado entre INCAA y la Oficina Anticorrupción, durante el mes de marzo del año 2020, se estima oportuna la creación de un canal de denuncias a efectos de elevar los estándares éticos, de integridad y transparencia del Instituto..

Que el canal de denuncias permitirá conocer y tomar medidas a los efectos de prevenir estratégicamente hechos de corrupción reportados tanto por terceras personas como por funcionarios/as del Instituto y denunciar ante la Justicia y organismos de control competentes aquellos que se hayan producido.

Que en los casos en los que se inicie una investigación interna, ésta podrá ser llevada adelante conjuntamente con otras áreas que resulten competentes.

Que se podrán realizar denuncias anónimas como así también solicitando la reserva de la identidad y en ningún caso este organismo tolerará represalias contra la persona denunciante y quienes participen de la investigación interna.

Que por medio de la presente y de acuerdo a lo establecido en los considerandos precedentes se aprueba el Reglamento de recepción y gestión de denuncias y se crea el Canal de denuncias del Instituto.

Que la Unidad de Transparencia Institucional, la Subgerencia de Sumarios e Investigaciones Administrativas, la Unidad de Auditoría Interna, y la Subgerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Reglamento de recepción y gestión de denuncias, que forma parte de la presente Resolución como Anexo I (IF-2020-39787949-APN-PRES#INCAA) que entrará en vigencia a los 10 días de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 2°.- Crear el Canal de denuncias del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES, el que funcionará en el ámbito de la Unidad de Transparencia Institucional, área que tendrá a cargo la gestión del mismo y se encontrará publicado en la página web del organismo.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Adalberto Puenzo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/07/2020 N° 26486/20 v. 06/07/2020

Fecha de publicación 06/07/2020