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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Disposición 149/2020

DI-2020-149-APN-INAP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-30548751-APN-INAP#JGM del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, la Ley N° 20.173, los Decretos Nros. 170 de fecha 13 de marzo de 2017, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 103 de fecha 21 de febrero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 20.173 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, el cual tiene dentro de sus finalidades entender en la capacitación, actualización, especialización y formación de los recursos humanos requeridos por el Sector Público en función de las prioridades y modalidades del proceso de desarrollo, modernización y cambio social y económico de la Nación.

Que por Decreto N° 170/2017 se estableció que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA tiene nivel de Subsecretaría.

Que a través del Decreto N° 50/2019, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría creándose, entre otras, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual tiene dentro de sus competencias la de diseñar e implementar las políticas de capacitación y carrera administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional, tal como se menciona en el Anexo II.

Que, por el Decreto mencionado en el Considerando anterior, se establecieron como objetivos propios del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, entre otros, entender en la ejecución de la política de capacitación y formación para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, estableciendo pautas metodológicas y didácticas y brindando asistencia técnica en la elaboración y/o desarrollo de programas de capacitación específicos e investigación a requerimiento de los gobiernos provinciales y municipales.

Que por la Decisión Administrativa N° 103/2019 se crea la Dirección de Capacitación Federal en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, cuya responsabilidad primaria es asistir a los gobiernos provinciales y municipales, a través de programas de capacitación, en la instalación de capacidades institucionales y humanas orientadas a fortalecer el desarrollo y la profesionalización del servicio público local.

Que, entre otras acciones, se encomendó a la referida Dirección promover, planificar, coordinar y ejecutar acciones tendientes a fortalecer las capacidades estatales de las organizaciones públicas provinciales y municipales y generar iguales oportunidades de capacitación para todos los trabajadores de la Administración Pública.

Que en ese marco es necesario crear un programa de formación de políticas públicas federal que estimule, promueva y fortalezca las capacidades estatales provinciales y municipales aplicando estrategias metodológicas que contemplen y abarquen las distintas demandas jurisdiccionales.

Que la presente medida se dicta conforme las facultades otorgadas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL DIRECTOR INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el “Programa de Formación en Políticas Públicas – INAP FEDERAL” en el ámbito de la Dirección de Capacitación Federal del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el contenido del Programa que como Anexo (IF-2020-31609308-APN-INAP#JGM) forma parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3°.- Los servicios de capacitación ofrecidos por el referido Programa serán implementados por la Dirección de Capacitación Federal del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, en coordinación con Universidades Nacionales mediante la firma de Convenios y sus respectivas Actas Complementarias.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Alejandro Miguel Estevez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/07/2020 N° 26420/20 v. 06/07/2020

Fecha de publicación 06/07/2020