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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 570/2020

RESOL-2020-570-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2020

VISTO el EX-2020-30757029-APN-DCP#MT, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el Decreto N° 1759/1972 (T.O. Decreto N° 894/2017), el Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 370 del 28 de abril de 2020, la Disposición ONC N° 62 del 27 de septiembre de 2016 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona las ampliaciones de las Ordenes de Compras Nros 33-1044-OC20, 33-1046-OC20 y 33-1047-OC20, emitidas en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20 para la adquisición de elementos de prevención de enfermedades con motivo de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, a solicitud del Departamento de Higiene y Seguridad, mediante ME-2020-39277413-APN-DISG#MPYT, conformado por la Dirección de Infraestructura y Servicios Generales bajo ME-2020-39351592-APN-DISG#MPYT, y por la Dirección General de Administración y Programación Financiera por ME-2020-39869524-APN-DGAYPF#MPYT.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° RESOL-2020-450-APN-MT de fecha 28 de mayo de 2020, se aprobó y adjudicó la mencionada contratación, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 33-1044-OC20 a favor de la firma DIAGNOSTICOS Y SOLUCIONES CORDOBA S.A. (CUIT N° 30-71516329-9) para el renglón N° 1, por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640) y total de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS ($ 25.600), y para el renglón N° 2 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275) y total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($165.000); la Orden de Compra N° 33-1045-OC20 a favor de la firma RADIO SAPIENZA SACII (CUIT N° 30-54194320-6), para el renglón N° 3 por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($673,30) y un total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($6.733,00) y para el renglón N° 9 por un monto unitario de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($14.997,90) y un total de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($959.865,60), la Orden de Compra N° 33-1046-OC20 a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LARA LTDA (CUIT N° 30-71189988-6) para el renglón N° 4, por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($ 175) y total de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($ 17.500), para el renglón N° 7 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($ 280) y total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL ($1.120.000) y para el renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($ 168) y total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000) y la Orden de Compra N° 33-1047-OC20 a favor de la firma CAROLS S.A. (CUIT N° 30-70853831-7) para el renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 39,90) y total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 279.300).

Que el área requirente motiva la ampliación requerida en razón de la necesidad imperiosa de reforzar las cantidades previstas originalmente a fin de dotar al personal de los elementos indispensables de prevención en el contexto de la pandemia provocada por el COVID-19.

Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Infraestructura y Servicios Generales, bajo ME-2020-39351592-APN-DISG#MPYT, se considera pertinente la ampliación mencionada en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %), para las Órdenes de Compra Nros. 33-1044-OC20 y 33-1046-OC20 y de un VEINTE POR CIENTO ( 20%) para la Orden de Compra N° 33-1047-OC20.

Que a efectos de cumplimentar lo solicitado resulta procedente realizar la ampliación conforme surge la facultad contemplada en el artículo 12, inciso b) del Decreto Delegado N° 1023/01 y en el artículo 100, inciso a) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que las firmas adjudicatarias de las Órdenes de Compra Nros. 33-1044-OC20 y 33-1046-OC20 han prestado conformidad al incremento del porcentaje de ampliación, de acuerdo al IF-2020-40422611-APN-DCP#MT e IF-2020-42410601-APN-DCP#MT, encontrándose acreditado el cumplimiento de lo previsto en el artículo 100, inciso a), apartado 3, por lo que la ampliación no excede el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) del importe del renglón sobre el cual recae el aumento del contrato.

Que en consecuencia resulta pertinente proceder a la ampliación de la Orden de Compra N° 33-1044-OC20 a favor de la firma DIAGNOSTICOS Y SOLUCIONES CORDOBA S.A. (CUIT N° 30-71516329-9) para el renglón N° 1, por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640) y total de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 8.960), y para el renglón N° 2 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275) y total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($57.750), resultando para la mencionada firma un total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 66.710).

Que asimismo respecto de la Orden de Compra N° 33-1046-OC20 a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LARA LTDA (CUIT N° 30-71189988-6) resulta conveniente proceder a la ampliación para el renglón N° 4, por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($ 175) y total de PESOS SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 6.125), para el renglón N° 7 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($ 280) y total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 392.000) y para el renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($ 168) y total de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 29.400), resultando para la mencionada firma un total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO ($427.525).

Que finalmente respecto de la Orden de Compra N° 33-1047-OC20 a favor de la firma CAROLS S.A. (CUIT N° 30-70853831-7) resulta conveniente proceder a la ampliación para el renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 39,90) y total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 55.860).

Que asimismo la ampliación de las Órdenes de Compra se encuadra dentro de los plazos previstos en el artículo 100, inciso a), apartado 4 del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/16.

Que se cuenta con los fondos para atender el gasto en causa, de acuerdo al PV-2020-40322813-APN-DACP#MPYT.

Que la Dirección de Contrataciones y Patrimonio conforme PV-2020-42113338-APN-DCP#MT, en encontrarse las actuaciones en etapa de ampliación de las Órdenes de Compra, advierte que un error involuntario de tipeo en el decimocuarto considerando de dicho Acto Administrativo, el que fuera trasladado en el Artículo 3° Resolución N° 450/2020, respecto a los montos totales parciales de los renglones 2 y 8.

Que dicho error sólo quedo limitado a lo arriba indicado, siendo los totales adjudicados, así como los importes imputados correctos, no habiéndose afectado los derechos de las firmas adjudicatarias.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos faculta a la Administración a rectificar los errores materiales o de hecho, y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto administrativo.

Que en consecuencia, por razones de buen orden administrativo corresponde rectificar el error material involuntario en cuestión.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo preceptuado en el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O. Decreto N° 894/2017), y en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/01, en virtud de las competencias establecidas en el artículo 100, inciso a) y artículo 9° del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/16, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 07 de fecha 10 de diciembre de 2019, y en el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase la ampliación de la Orden de Compra N° 33-1044-OC20 emitida en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20, a favor de la firma DIAGNOSTICOS Y SOLUCIONES CORDOBA S.A. (CUIT N° 30-71516329-9) para el renglón N° 1, por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($ 640) y total de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 8.960), y para el renglón N° 2 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275) y total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($57.750), resultando para la mencionada firma un total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 66.710), conforme los motivos expuestos en la presente.

ARTICULO 2°.- Apruébese la ampliación de la Orden de Compra N° 33-1046-OC20 emitida en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20, a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO LARA LTDA (CUIT N° 30-71189988-6) para el renglón N° 4, por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($ 175) y total de PESOS SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 6.125), para el renglón N° 7 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($280) y total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 392.000) y para el renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($ 168) y total de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 29.400), resultando para la mencionada firma un total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO ($ 427.525), de conformidad con los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 3°.- Apruébese la ampliación de la Orden de Compra N° 33-1047-OC20 emitida en el marco de la CONTRATACION DIRECTA POR EMERGENCIA por compulsa abreviada Nº 33-0008-CDI20, a favor de la firma CAROLS S.A. (CUIT N° 30-70853831-7) para el renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 39,90) y total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 55.860), de conformidad con los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 4°.- Impútese el presente gasto, que en total asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y CINCO ($ 550.095), con cargo a Finalidad 3 - Función 6 - Jurisdicción 75 - Servicio Administrativo 350 - Ubicación Geográfica 02, Programa 01 - Subprograma 00 - Actividad 01 – Fuente de Financiamiento 11, según el siguiente detalle: PESOS CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS ($421.400), al Inciso 2, Partidas: Principal 5, Parcial 2, PESOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 64.820), al Inciso 2, Partidas: Principal 9, Parcial 5 y PESOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 63.875), al Inciso 2, Partidas: Principal 2, Parcial 2, para el ordenamiento presupuestario que rige el Ejercicio Financiero 2020.

ARTICULO 5°.- Rectificase el artículo 3° de la Resolución RESOL- 2020-450-APN-MT de fecha 28 de mayo de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 3º.- Adjudícase a favor de las firmas DIAGNÓSTICO Y SOLUCIONES CORDOBA S.A (CUIT N° 30-71516329-9), para el renglón N° 1 por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA ($640,00) y un total de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS ($25.600,00), para el renglón N° 2 por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($275,00) y un total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($165.000,00), RADIO SAPIENZA SACII (CUIT N° 30-54194320-6), para el renglón N° 3 por un monto unitario de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON TREINTA CENTAVOS ($673,30) y un total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($6.733,00) y para el renglón N° 9 por un monto unitario de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($14.997,90) y un total de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($959.865,60), COOPERATIVA de TRABAJO LARA LTDA. (CUIT N° 30-71189988-6), para el renglón N° 4 por un monto unitario de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($175,00) y un total de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ($17.500,00) para el renglón N° 7, por un monto unitario de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA ($280,00) y un total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL ($1.120.000,00) y para el renglón N° 8 por un monto unitario de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO ($168,00) y un total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000,00) y CAROLS S.A. (CUIT N° 30-70853831-7), para el renglón N° 6, por un monto unitario de PESOS TREINTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($39,90) y un total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($279.300,00) en virtud de los fundamentos expuestos en PV-2020-33960829- - APN-DCP#MT, PV-2020-33445228-APN-DCP#MT e IF-2020-33554387-APN-DISG#MPYT”.

ARTICULO 6°.- Gíranse las presentes actuaciones a la Dirección de Contrataciones y Patrimonio, para registrar la imputación presupuestaria en el Sistema COMPR.AR, a la Dirección de Administración y Control Presupuestario, ambas dependientes de la Dirección General de Administración y Programación Financiera de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA para efectuar el respectivo compromiso; cumplido, sigan al Departamento mencionado en primer término, para emitir las pertinentes Órdenes de Compra, y al Departamento Liquidaciones dependiente de la Dirección citada en segundo término, a sus efectos.

ARTICULO 7°- Delégase en la titular de la Dirección de Contrataciones y Patrimonio la facultad de autorizar las Órdenes de Compra en el sistema COMPR.AR.

ARTICULO 8°. - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

e. 13/07/2020 N° 27046/20 v. 13/07/2020

Fecha de publicación 13/07/2020