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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 2479/2020

DI-2020-2479-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-25396123- -APN-DG#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes Nº 27.467 y 25.871 y sus modificatorios, el Decreto Reglamentario N° 616 del 3 de mayo de 2010, el Decreto N° 895 del 9 de octubre de 2018, el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, el Decreto N° 297 del 19 marzo de 2020, el Decreto N° 325 del 31 de marzo de 2020, el Decreto N° 355 del 11 de abril de 2020 y los ACUERDOS DE DONACIÓN entre la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se estableció ampliar la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del Decreto N° 297/20 que estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre los días 20 y el 31 de marzo de 2020.

Que la citada medida, por similares razones, fue prorrogada mediante los Decretos Nros. 325/20 y 355/20, hasta el día 12 de abril y el día 26 de abril del año en curso, respectivamente.

Que en el marco de la pandemia mencionada, el día 8 de abril de 2020, se celebraron DOS (2) ACUERDOS DE DONACIÓN entre la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en los cuales la referida Organización le donó, a esta Dirección Nacional, TREINTA (30) termómetros infrarrojos de frente sin contacto “TPI5401” y VEINTE (20) termómetros infrarrojos de frente sin contacto “TPI 2106”.

Que la mencionada organización goza de un amplio reconocimiento por la labor internacional que realiza, trabajando y colaborando con los gobiernos de los distintos estados y promoviendo la protección de los derechos de los migrantes, la migración y la salud, y la dimensión de género en la migración.

Que, asimismo, el artículo 7° del Anexo I del Decreto 895/18 faculta a los y a las titulares de las jurisdicciones de la Administración Pública Nacional a aceptar las donaciones de bienes muebles, con o sin cargo, conforme la voluntad que tuviera el donante y a los fines específicos del organismo beneficiario.

Que, por otra parte, el artículo 34 de la Ley N° 25.871 establece que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, dirige el control migratorio relativo al ingreso y egreso de las personas por vía terrestre, marítima, fluvial y área en los lugares habilitados en el Territorio Nacional.

Que resulta necesario que el ESTADO NACIONAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES en particular, adopten los recaudos oportunos y profundicen las medidas para evitar la propagación del virus “COVID 19” en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que, en ese sentido, los referidos termómetros serán utilizados para realizar los Tests de control de temperatura a todas aquellas personas que ingresen al Territorio Nacional mediante los distintos pasos fronterizos habilitados, durante la vigencia de la emergencia pública sanitaria.

Que en virtud de lo expuesto, resulta conveniente proceder en este acto a la aceptación de las donación efectuada a favor de esta Dirección Nacional por la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM), de conformidad a los ACUERDOS DE DONACIÓN celebrados entre las partes el día 8 de abril de 2020.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA-JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades establecidas por el artículo 29 de la Ley N° 25.565, el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996, el Decreto N° 895 del 9 de octubre de 2018, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la donación efectuada a favor de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, por la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM), de conformidad a los ACUERDOS DE DONACIÓN celebrados entre las partes el día 8 de abril de 2020, de los TREINTA (30) termómetros infrarrojos de frente sin contacto “TPI5401” y de los VEINTE (20) termómetros infrarrojos de frente “TPI 2106”.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que la donación dispuesta en el Artículo 1° de la presente medida deberá utilizarse en los pasos fronterizos habilitados en el Territorio Nacional por los agentes, pertenecientes a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, para realizar el control de temperatura a efectuarse a las personas que ingresen a la REPÚBLICA ARGENTINA durante la vigencia de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020.

ARTÍCULO 3°.- Autorícese a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, dependiente de esta Dirección Nacional, a recibir los bienes donados por la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM), en los mismos términos de los acuerdos citados en el Artículo 1°, los cuales se anexan mediante IF-2020-27725194-APN-DG#DNM e IF-2020-30011641-APN-DG#DNM, formando parte integrante de la presente Disposición.

ARTICULO 4°.- Pase a la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, a los fines de tomar conocimiento de lo dispuesto en la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Maria Florencia Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/07/2020 N° 26876/20 v. 13/07/2020

Fecha de publicación 13/07/2020