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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 374/2020

DI-2020-374-APN-SSGA#MS

Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2020

VISTO el Expediente EX-2020-19214420-APN-DAFYPMS#MSYDS, Decreto 247 del 11 de Abril de 2017, Contrato de Préstamo BID N° 3772/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “PROGRAMA MULTIFASE DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD PARA EL MANEJO DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES- SEGUNDA OPERACIÓN”, Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), Ley Nº 27.541, Decreto Nº 945 del 21 de noviembre de 2017, Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, Decreto Nº 81 del 27 de diciembre de 2019, Decreto Nº 260 de 12 de marzo 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto, Expediente Nro. EX-2020-19214420-APN-DAFYPMS#MSYDS, tramita la Comparación de Precios PMAPSECNT2-66-CP-B para la “Adquisición de Medicamentos Esenciales para el Primer Nivel de Atención de la Salud en el Marco de la Ley de Emergencia Sanitaria” en el marco del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles – Segunda Operación– Préstamo BID Nº 3772/OC-AR.

Que mediante el Decreto N° 247 de fecha 11 de abril de 2017 fue aprobado el modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a solventar la ejecución de la Segunda Operación del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles.

Que el Artículo 4 del citado decreto designó al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN por intermedio de la entonces SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, como Organismo Ejecutor del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el manejo de Enfermedades Crónicas no Transmisibles Segunda Operación, con el apoyo de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (U.F.I.S.), como responsable de los aspectos fiduciarios y la gestión administrativa y financiera del Programa, autorizándolo a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo.

Que con fecha 31 de mayo de 2017 se suscribe entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Contrato de Préstamo BID N° 3772/0C–AR.

Que por Decreto Nº 945 del 21 de noviembre del 2017, en su Artículo 1 establece que “Las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional comprendidas en el artículo 8° inciso a) de la Ley Nº 24.156 que ejecuten programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada a través de las unidades ejecutoras creadas a tal efecto, centralizarán la gestión y ejecución operativa, administrativa, presupuestaria y financiera-contable, comprendiendo las cuestiones fiduciarias y legales, sobre cumplimiento de las cuestiones ambientales y sociales, los procedimientos de contrataciones, como así también, la planificación, programación, monitoreo y auditoría de dichos programas y proyectos, a través de sus respectivas Subsecretarías de Coordinación Administrativa o áreas equivalentes, según corresponda”

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), adecua la Organización Ministerial Del Poder Ejecutivo Nacional estableciendo al MINISTERIO DE SALUD como Órgano con Competencia en todo lo inherente a la salud de la población.

Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se aprueba la conformación organizativa de aplicación de la Administración Nacional Centralizada, contemplándose en la órbita del MINISTERIO DE SALUD a la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la cual tiene entre sus funciones principales la de entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

Que, por otra parte, mediante Ley Nº 27.541 se declaró la emergencia pública en materia sanitaria hasta el 31 de diciembre 2020, estableciéndose que el MINISTERIO DE SALUD instrumentará las políticas referidas a la emergencia y dictará las normas aclaratorias y complementarias pertinentes.

Que el término referido fue ampliado por el plazo de UN (1) año mediante el Decreto Nº 260/2020, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus (COVID-19).

Que debido a la situación de emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y con base a lo previsto en el párrafo 3.5 de las Políticas para la Adquisición de bienes, obras y servicios GN-2349 del BID se prevé el método de Comparación de Precios, las autoridades de BID indicaron que para los procesos de Comparación de Precios que no superen el monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES un millón quinientos mil (USD 1.500.000,00.-) la revisión podrá ser ex-post.

Que, en ese sentido a los fines de asegurar la disponibilidad inmediata de medicamentos esenciales para Atención Primaria, con el objetivo de garantizar la demanda adicional de tratamientos farmacológicos provocada por la pandemia del COVID-19 en el ámbito de Centros de Atención Primaria de la Salud y los Hospitales Provinciales y Municipales, la SUBSECRETARIA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATEGICA, eleva requerimiento agregado en orden 2.

Que, a los fines de proceder con dicha solicitud, se da inicio a la presente contratación atento a la conformidad obrante en orden 3 de las presentes actuaciones.

Que a fecha 6 de abril de 2020 se realiza la publicación de la presente Comparación de Precios en el portal UFIS y se cursan Solicitudes de Cotización de Precios a veintiséis (26) potenciales firmas del rubro, fijándose como fecha de presentación de oferta el día jueves 9 de abril del 2020 hasta las 12:00 hs.

Que con fecha 7 de abril de 2020 se recibieron consultas en el marco del presente proceso, emitiéndose las Circulares Nº 1 (Orden 12) y Nº 2 (Orden 14) a los fines de brindar respuestas a las consultas realizadas por los oferentes, publicándose en el portal UFIS.

Que con fecha 8 de abril de 2020 se realiza una enmienda fijándose como fecha de apertura el 13 de abril del 2020 a las 12:00 hs.

Que, en dicho contexto, con fecha 13 de abril de 2020 se realiza el Acta de Apertura (orden 17), dejándose constancia de la recepción de OCHO (8) ofertas.

Que, realizada el Informe de Evaluación Técnica (orden 37) mediante la cual se analizan las Ofertas recibidas, se recomienda la adjudicación del: Lote Nº 1 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T 30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos con 00/100 (USD 134.000,00); Lote Nº 2 a favor de la firma Klonal S.R.L. C.U.I.T 30-57456436-7 por el monto de dólares estadounidenses noventa y cinco mil seiscientos con 00/100 (USD 95.600,00); Lote Nº 7 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T 30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses sesenta y tres mil novecientos con 00/100 (USD 63.900,00); Lote Nº 8 a favor del Laboratorio Pablo Cassara S.R.L. C.U.I.T 30-52585827-4 por el monto de dólares estadounidenses quinientos tres mil quinientos cuarenta y dos con 52/100 (USD 503.542,52); Lote Nº 9 a favor de Laboratorios Sant Gall Friburg QCI S.R.L. C.U.I.T 30-52317952-3 por el monto de dólares estadounidenses ciento diecinueve mil ochocientos setenta y tres con 84/100 (USD 119.873,84); de todo ello se desprende que la suma total a adjudicar para el presente proceso asciende a Dólares Estadounidenses novecientos diecisiete mil trescientos dieciséis con 36/100 (USD 917.316,36.-).

Qué, asimismo, corresponde indicar que los Lotes Nº 3, Nº 5 y Nº 6 quedan desestimados, mientras que el Lote Nº 4 se declara desierto, de conformidad al apartado H “Recomendación de Adjudicación” del Informe de Evaluación obrante en orden 37.

Que la Asesoría Legal de la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo ha tomado intervención.

Que dicha Comparación de Precios se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con el Convenio de Préstamo BID Nº 3772/OC-AR, las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas (marzo 2011) y el Documento del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el manejo de Enfermedades Crónicas no transmisibles – Segunda Operación.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Decreto 247/2017, Decreto 945/2017, Decreto N° 50/2019 y Decreto N° 81/2019.

Por ello:

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE

ARTICULO 1°.- Adjudicase el Lote Nº 1 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T 30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos con 00/100 (USD 134.000,00); Lote Nº 2 a favor de la firma Klonal S.R.L. C.U.I.T 30-57456436-7 por el monto de dólares estadounidenses noventa y cinco mil seiscientos con 00/100 (USD 95.600,00); Lote Nº 7 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T 30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses sesenta y tres mil novecientos con 00/100 (USD 63.900,00); Lote Nº 8 a favor del Laboratorio Pablo Cassara S.R.L. C.U.I.T 30-52585827-4 por el monto de dólares estadounidenses quinientos tres mil quinientos cuarenta y dos con 52/100 (USD 503.542,52); Lote Nº 9 a favor de Laboratorios Sant Gall Friburg QCI S.R.L. C.U.I.T 30-52317952-3 por el monto de dólares estadounidenses ciento diecinueve mil ochocientos setenta y tres con 84/100 (USD 119.873,84).

ARTICULO 2º.- Desestímense las ofertas de LABORATORIO PABLO CASSARA S.R.L. (C.U.I.T 30-52585827-4) correspondiente al Lote 3; PROMED INTERNACIONAL S.A. (30-65096413-2), correspondiente al Lote 5; y KLONAL S.R.L. (. C.U.I.T 30-57456436-7), LAFEDAR S.A. (C.U.I.T 30-68107138-1) y LABORATORIOS VENT3 S.R.L. (C.U.I.T 30-63670738-0) correspondientes al Lote 6 de conformidad con lo recomendado en el Informe de Evaluación Técnica.

ARTICULO 3º.- Declárese desierto el Lote 4 por no haberse presentado ofertas.

ARTICULO 4°.- Apruébese modelo de Orden de Compra (IF-2020-36725757-APN-DGPFE#MS) que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Mauricio Alberto Monsalvo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/07/2020 N° 26901/20 v. 13/07/2020

Fecha de publicación 13/07/2020