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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 143/2020

RESOL-2020-143-APN-SE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2017-24408541-APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2019-86726802-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2019-95993379-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2020-02657490-APN-DGDOMEN#MHA, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa AB ENERGÍA S.A. solicitó su ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para su Central Térmica a biogás AB Energía, con una potencia de DOS MEGAVATIOS (2 MW), ubicada en el Departamento de Puelén, Provincia de LA PAMPA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de las instalaciones vinculadas a la Estación Transformadora Divisaderos, jurisdicción de ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE LA PAMPA (APELP).

Que mediante la Nota Nº B-143957-1 de fecha 22 de octubre de 2019 (IF-2019-96150634–APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente Nº EX-2019-95993379-APN-DGDOMEN#MHA, COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa AB ENERGÍA S.A. cumple para su Central Térmica a biogás AB Energía los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la Disposición Nº 290 de fecha 24 de octubre de 2018 de la SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE de la Provincia de LA PAMPA se dispuso aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica a biogás AB Energía.

Que la empresa AB ENERGÍA S.A. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica a biogás AB Energía se publicó en el Boletín Oficial N° 34.312 de fecha 20 de febrero de 2020, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la ex Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065, el Apartado X del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa AB ENERGÍA S.A. para su Central Térmica a biogás AB Energía, con una potencia de DOS MEGAVATIOS (2 MW), ubicada en el Departamento de Puelén, Provincia de LA PAMPA, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de las instalaciones vinculadas a la Estación Transformadora Divisaderos, jurisdicción de ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE LA PAMPA (APELP).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT), derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que el presente acto autoriza, sean cargadas a la empresa AB ENERGÍA S.A., titular de la Central Térmica a biogás AB Energía en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa AB ENERGÍA S.A., a CAMMESA, a APELP y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Enzo Lanziani

e. 17/07/2020 N° 27753/20 v. 17/07/2020

Fecha de publicación 17/07/2020